Estimados:
Estoy tratando de realizar una liquidación por despido sin causa, y se me ha presentado la siguiente duda:
Mi cliente trabajaba en negro, como marinero de un yate de uso privado, y el empleador lo tiene registrado como un empleado de comercio.
La duda que tengo es en relación al tope máximo del art. 245 como base para el cálculo de la indemnización por antiguedad.
Alguien sabe cual sería el convenio aplicable, y las categorías salariales? En definitiva, tengo problemas con el tope de la base para el calculo de la indemnización.
Si alguien me puede ayudar, se lo agradeceré.
Saludos
Estoy tratando de realizar una liquidación por despido sin causa, y se me ha presentado la siguiente duda:
Mi cliente trabajaba en negro, como marinero de un yate de uso privado, y el empleador lo tiene registrado como un empleado de comercio.
La duda que tengo es en relación al tope máximo del art. 245 como base para el cálculo de la indemnización por antiguedad.
Alguien sabe cual sería el convenio aplicable, y las categorías salariales? En definitiva, tengo problemas con el tope de la base para el calculo de la indemnización.
Si alguien me puede ayudar, se lo agradeceré.
Saludos
