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  • duda sobre contestar telegrama

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #666848  por Let
 
Hola a todos!
Quisiera consultarles lo siguiente:
Un empleador -en realidad una persona del local- recibe un telegrama de intimacion a regularizar situación laboral de una ex empleada,( en realidad no se configura relacion laboral porque facturaba e iba una sola vez cada 15 días, pero esa no es ahora la pregunta)
El tema es que ese negocio está legalmente registrado a nombre de otra persona, pero el vive en esa dirección en la parte de arriba del local....
Como sería conveniente contestar el telegrama? Por supuesto que negando la relacion laboral; por ser falaz etc etc. lo que no sé es si conviene negar tambien su vinculacion al comercio,-ya que esta a nombre de otra persona pero en la parte de abajo de su casa- y desconocer quien es el titular de ese negocio.
A decir verdad, el telegrama estaría mal dirigido... Hay que contestarlo igual????? Conviene?
Gracias a todos por las respuestas que puedan darme
SAludos
 #666850  por Let
 
Aclaro que en la practica el hecho de desconocer la titularidad el negocio, abriría la puerta para que averiguen a nombre de quien esta realmente registrado y no se que conviene... que les parece?
 #666855  por MORGAN
 
quién no es empleador no está obligado a contestar nada. pero ante un sujeto que le dice regístreme, págueme, etc. lo conveniente es contestar rechazando todo y diciéndole que dirija el reclamo a su verdadero empleador. punto sin decir que es tal o cual.
 #666987  por flux
 
Aclaro que en la practica el hecho de desconocer la titularidad el negocio, abriría la puerta para que averiguen a nombre de quien esta realmente registrado y no se que conviene... que les parece?
Pero vos queres que se investigue eso y sacarle el problema de encima a quien lo intiman... o no queres que se sepa quien es el verdadero titular del negocio?

Si no queres que se sepa quien es el verdadero titular deja que hagan las intimaciones a quien suponen es el empleador. No contestas (o contestar rechazando genericamente la intimacion pero reservate el argumento "matador" para el momento de contestar la demanda). Al momento del juicio te presentas con una falta de legitimacion activa/pasiva (lo importante es la pasiva) y pedis como prueba oficiaria informes a municipalidad por tema habilitacion del negocio. Si hasta queres ir por mas, podes pedir un beneficio de litigar sin gastos porque al caso, la persona a quien le hacen juicio no es la persona del negocio (el objetivo de esto es embarrar la cancha, calcula la cara que van a poner del otro lado si se plantea que la persona que se presenta no es el dueño a cargo del negocio y encima alegando no tener recursos por lo que las costas "las pagará magoya").-

Digamos que aca el error viene de quien hizo la intimacion, como siendo un negocio habilitado intimo a cualquier persona sin investigar correctamente quien es la persona a cargo del mismo. Distinto seria que haya intimado a quien intimo pero porque entiende que es un socio del dueño y que por eso hay solidaridad; pero no fue el caso, intimo al tipo que conocia sin saber si realmente es el dueño.

Ahora si queres sacarle el problema de encima realmente a cu cliente, contestale la carta y alegando no ser el dueño cosa de que reformule su reclamo.
 #667059  por Let
 
Gracias por las respuestas.
Flux, yo quiero que defender los intereses de las personas que participan del negocio. Aclaro algunas cosas para que si pueden me ayuden a tomar una decisión.
* En el negocio participan varias personas pero está registrado y habilitado a nombre de una persona (pongamosle "X")
* El telegrama está dirigido a "Y" pero la dirección y el nombre del negocio son correctos. El telegrama lo recibió una empleada -error-.
*En el texto del telegrama denuncian responsabilidad solidaria de X, Y y Z.

"Y" tiene domicilio en otra provincia y no tiene nada a su nombre realcionado con el negocio.... por lo que contestando este telegrama no estaría demostrando que algo conoce y abriría la puerta para demostrar una sociedad de hecho??? Ahora, el telegrama hace referencia a un silencio guardado y anteriores TCL -no detalla datos- que no existen.
Ahora si no contesta, puede llegar a ser contraproducente? O tendría que contestarlo la persona que aparece como dueña? (X)....
Muchas gracias por la ayuda!!!!!!!!
 #667063  por Romina34
 
hay algo que NO entiendo, la persona a la cual le enviaron el TCL (o sea sobre la que consultas vos) esta vinculada de algún modo con el negocio o no? o solo accidentalmente vive en la propiedad ubicada arriba del local?
Saludos,
 #667070  por juanbte
 
"Un empleador -en realidad una persona del local- recibe un telegrama " y vive en el piso de arriba del negocio, hay vinculo pero no se sabe cual es en definitiva, entendi yo.
 #667080  por Let
 
Romina34 escribió:hay algo que NO entiendo, la persona a la cual le enviaron el TCL (o sea sobre la que consultas vos) esta vinculada de algún modo con el negocio o no? o solo accidentalmente vive en la propiedad ubicada arriba del local?
Saludos,
La persona a la cual le enviaron el TCL (que yo llamé "Y") en realidad es parte del negocio -de hecho, ya que no figura nada a su nombre, y en realidad tiene domicilio en otra provincia, por lo que en la casa de arriba del negocio está esporádicamente y no hay dato o situación que lo vincule legalmente a la casa o al negocio....
El telegrama lo recepcionó una empleada por error y como lo conté antes, yo representaría a todos los que intervienen en el negocio -son mis amigos- y la idea es hacer lo más conveniente a los efectos de desvirtuar esa supuesta relacion laboral -ya que iba una vez cada 15 días y facturaba, pero eso no importa en este momento-
Espero haber sido clara y puedan ayudarme.
El tema es definir si guardar silencio -ya qye está mal dirigida-, o contestar negando con la firma de "Y" o contestar negando con la firma de "X"-titular-.
Mil gracias
 #667098  por Romina34
 
ahhhhhhhh ahora entiendo, la intimación entonces no esta mal hecha, al contrario, está bien hecha. Intimaron a todos los responsables del negocio, los que figuran y los que no.
entonces, según los hechos responde x cada uno negando la relación.
saludos,
 #667102  por Let
 
Gracias romina por contestar... en realidad en destinatario hay uno solo -que no figura legalmente en ningun lado como responsable del negocio- y la intimacion de la responsabilidad solidaria esta en el texto del telegrama. Seguis opinando lo mismo? contesto por el que figura en destinatario o por cada uno de los que dice que son solidarios?
 #667190  por flux
 
De onda, pero mientras sigas explicando a medias la situacion y con cada nueva replica agregando un nuevo hecho o aclarando algo que antes no quedaba claro, no vamos ni para atras ni para adelante y claro, las opiniones van a cambiar constantemente. Conta toda la situacion completa (no con letras como sustitutos, poneles nombres como "empleador en los hechos", "persona que tiene a su nombre la habilitacion" y similares que indiquen bien quienes son y que puesto ocupan, etc) y vemos que resulta.

Pero por como lo contas, si ya en el cuerpo del TCL el trabajador identifica que hay otros intervinientes, ya no hay escape, el juicio ira contra todos ellos y que no los intimen no los salva, si se alega que funciona una sociedad de hecho pues marche preso, cualquier socio representa la sociedad (el telegrama cursado a uno vale para todos los demas) y la responsabilidad es solidaria.
 #667245  por Let
 
Gracias Flux por tu atención y perdón por el lío, pero la situación en la practica es confusa: va de nuevo a ver si se entiende y se interpreta cual es mi duda:

Yo quiero defender los intereses de las personas que participan del negocio -son mis amigos- y la "trabajadora" no fue tal pero ese es otro cantar y no quiero embarrar mas la explicación.

* En el negocio participan tres personas ("dueños en los hechos" X,Y,Z) pero está registrado y habilitado a nombre de una persona ( "dueño y titular de habilitación": X)
* El telegrama está dirigido a "dueño en los hechos Y" pero la dirección y el nombre del negocio son correctos. El telegrama lo recibió una empleada -error-.

*En el texto del telegrama denuncian responsabilidad solidaria de dueños en los hechos X, Y y Z.

*El telegrama hace referencia a un silencio guardado y anteriores TCL -no detalla datos- que no existen.

* el dueño en los hechos "Y" -destinatario del TCL, tiene domicilio en otra provincia y no tiene nada a su nombre realcionado con el negocio, no aparece en ningun lado legalmente... por lo que contestando este telegrama no estaría demostrando que algo conoce y abriría la puerta para demostrar la sociedad de hecho???

Que opción es mas conveniente? Silencio? Contestar el destinatario o contestar cada uno de los que menciona en el texto del TCL?
Mil gracias por la colaboración, saludos
 #667299  por Romina34
 
como te dijo flux, si es una sociedad de hecho entre X Y Z la intimación puede ser a uno o a todos! y vale también.
vaya a saber porque lo hizo respecto del que NO tiene el negocio a su nombre, pero responde lo mismo, si se puede acreditar la sociedad de hecho.
en tu lugar no diría nada, para no ampliar, solo negaria la intimación y desconocreía todo, alegando que no soy el empleador e indicando que se remita al verdadero empleador (sin indicar a nadie). NO lo dejaría de hacer dado que la sociedad existe, o sea, no recibió la intimación un nn cualquiera, que NO tiene nada que ver con el negocio, la sociedad y el supuesto empleado, sino que la recibió uno de los socios.
luego, en el juicio, si no se amplia el tema respecto del resto de los socios, continuaría negando todo, desconociendo todo, con el argumento que no se puede demostrar ser el titular del negocio, ni de la relación laboral, dado que formalmente no figura en ningún lado.
ojo con el TCL que se indica como no contestado, que se fijen bien que nadie recibió nada...
saludos,
 #667335  por Let
 
Muchas Gracias romina por tomarte el tiempo y contestar!!!!!!!!! Saludos