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  • duda sobre incumplimiento de trabajador, cómo proceder?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #666825  por Romina34
 
Estimados, me llegó el siguiente caso en consulta. Una empresa tiene un empleado que ya hace muucho tiempo que falta recurrentemente, vi el legajo de la persona, es decir, los informes de medicina laboral y es impresionante las variadas dolencias que padeció en los últimos 3 años, de todo tipo y color (lumbalgias, estados gripales, dolor de estomago, vomitos, dolor de cabeza, etc.), mensual y hasta semanalmente.
En varias oportunidades fue el médico y no estaba en su domicilio, habiendo él mismo pedido médico a su empleador. En tales casos, atiendió la esposa y mencionó que fue hasta la guardia por sus propios medios.
En algunos casos se prescribió reposo y en otros no.
Entre todo eso, hay varias intimaciones que efectuó el empleador ante el hecho que el empleado no se presentaba a trabajar, NUNCA respondió ninguna intimación, en algunas oportunidades se presentó a trabajar sin justificación y en otras iba a la guardia con alguna dolencia.
El tema es que mi cliente se enteró de muy buenas fuentes que cuando el empleado no va a trabajar a la empresa es porque hace changas en otra empresa, o sea falta a su trabajo para ir a otro, claro esta que en negro.
Este lunes debió haberse reincorporado de sus vacaciones, no lo hizo, por lo que el empledor lo intimó bajo apercibimiento de considerar abandono de trabajo. Aún no recibió la CD. El error que vi en las notificaciones que no lo hizo por un plazo de 48 hs sino que intimó a que el empleado se reincorpore en lo inmediato. De todos modos ya está hecha la intimación..
Le aconsejé que espere a ver que hace cuando reciba la intimación, que no mande médico, y si el empleado no justifica las faltas, entonces, que aperciba.
Le recomende empezar asi, es decir, apercibir (no perderle pisada) y luego agravar la sanción con la suspensión. Así hasta poder armar unos lindos antecedentes para despedir con causa, justamente, en el incumplimiento por faltas injustificadas.
Alguna recomendación?
Sobre que va a trabajar a otro lado, como piensan que podría armar algo para engancharlo y dejar la constancia? con un escribano? Porque eso si que acortaría los plazos para poderlo despedir con causa.
Muchas gracias!
Saludos,
 #666862  por MORGAN
 
no hubo error en la intimación. está correcta.
se intima para que se presente inmediatamente a trabajar, veo seguido que la mayoría intima por 24 ó 48 horas al trabajador para que se presente a trabajar eso es innecesario, es darle ventajas cuando no corresponde.
son dos cosas bien diferenciadas la configuración del abandono con los antecedentes que puedan justificar un despido.
por lo que decís no hay apercibimientos ni suspensiones documentados.
es como empezar de cero.
ahora si el trabajador no contesta ni se presenta puede configurarse el abandono y justificar el despido, hay que manejarlo con cuidado no apurarse.
si se lo intimó a que justifique inasistencia y no lo hace suspensión por 1 día y así, de a poco ir documentando antecedentes de ese empleado complicado.
 #666885  por Romina34
 
muchas gracias por tu respuesta!
es que al no intimar por un plazo (48 hs x ejemplo), sino intimando a que lo haga de modo inmediato, me genera la duda sobre cuándo considerar que pasó la inmediatez para que se presente... 1, 2, 3 días? cuántos? y así considerar el abandono de trabajo.
en realidad existe un apercibimiento (notificado x escrito y que el empleado no cuestinó). por lo que ahora sería cuestión de volver a apercibir si en esta oportunidad se presenta sin certificado ni justificación de las faltas, aumentando la sanción (de repetirse las faltas, lo cual sucederá seguro porque se viene manejando así) con suspensión x 1 día luego 2, etc, hasta armar una serie de antecedentes como para configurar la causa de despido.
lo que me genera duda es como manejar esta situación siniestra que plantea el empleado de, en muchos casos, faltar, pedir médico, que éste vaya no lo encuentre, se diga que no esta porque fue a la guardia, y que despues aparezca con certificados por dolor de panza o dolor de cabeza o vómitos, o sea ninguna enfermedad en concreto.. sino puro grupo para ir a trabajar a otro lado!
saludos,
 #667006  por Romina34
 
alguien tiene alguna sugerencia??
muchas gracias!!
SAludos,
 #667022  por DAL
 
Romina, la formula que yo uso para estos casos es que se presente EL DÍA LABORABLE INMEDIATO POSTERIOR A LA RECEPCIÓN DE LA PRESENTE MISIVA.

En una hice concreta alusión al TURNO LABORABLE INMEDIATO POSTERIOR, ya que la empresa trabajaba por turnos de cuatro horas, era un caso especial, normalmente si falta un día, falta todo el día, no todas las empresas o empleos permiten faltar a la mañana y entrar a la tarde. Por eso la formula correcta es la de arriba.
Entonces vos seguís el envio por correo argentino, y ves a que hora lo recibió. Si lo recibe el martes a las 3 de la tarde, se tiene que presentar el miercoles.
El miercoles no va, podés configurar el abandono de trabajo. A veces hay cruces de correspondencia, pero en general, con esa formula está bien.


Ahora lo que tenes que distinguir son estos supuestos:

1.- Ausencia : Puede ser con justificación o sin justificación, por ejemplo el empleado faltó, no trajo certificado, o el certificado que trajo no prescribe reposo. La ausencia es injustificada y se descuenta del recibo de sueldo. Según el caso puede o no ser sancionada- Puede ser ausente justificado por haber hecho un tramite, por ejemplo, o atender un familiar enfermo. Allí la ausencia es justificada, ya que no es un mero incumplimiento el que la motiva, pero el haber se descuenta igual (si el empleador no le quiere regalar el día) salvo que el CCT tenga la licencia contemplada como paga.

Como ves no todas las ausencias son injusutificadas, pero tenes que ver si son CON O SIN goce de haberes. Lascon goce de haberes estan en la ley y el CCT de trabajo aplicable, las dem´s son sin goce de haberes. En general si es con aviso, es ausencia justificada y no es sancionable pero es sin paga.
Una ves determinado esto pasás a las injustificadas.
2.- Ausencia injustificada sancionable: si hay merito para sancionarlo por haber faltado injustificadamente, sin avisar, sin acreditar enfermedad, etc, verás que sanción aplicar. La primera vez un apercibimiento con el aviso que posteriormente será más severamente sancionado. La segunda puede ser una suspensión igual a los días que estuvo ausente, para que sea proporcionado.
Es decir, se tenía que reincorporar de las vacaciones el lunes, es martes y no vino. Lo intimás, recibe la carta el miercoles, se presenta el jueves, sin justificación médica, por decir un caso. Faltó LUNES MARTES Y MIERCOLES, Lo suspendés la semana siguiente martes miercoles y jueves, o el día que te venga bien. En el recibo de sueldo le descontás los tres días de ausencia sin justificación y los tres días de suspensión, cada uno bajo su item correspondiente: ausente sin justificación y suspensión. Para que del recibo de haberes surja esto tambien que vas a tener documentado.

Creeme que si la empresa hace esto bien y prolijamente al empleado que se hace el vivo y es mentira que esta enfermo, se le acaban las ganas de faltar.

3.- Abandono de trabajo: para que esto se configure se tiene que dar varios elementos, primero la ausencia, segundo que esta sea injustificada, tercero, que lo intimes a reincorporarse, reciba la carta, y no se reincorpore, recién ahí tenes configurado el abandono. Acá yo recomiendo ser muy cuidadoso, y tomar las precauciones del caso, no ser muy precipitado para disolver el vínculo. Documentarse con testigos o escribano (idealmente) que no vino, etc.

Y tomar la politica de descontar los días y sancionar.

Porque los demás empleados tambien miran lo que pasa, y no es justo para ellos que cumplen, que se le permita, a un incumplidor, por miedo, hacer cualquier cosa. Esto perjudica a los que cumplen, que usualmente no sacan ninguna ventaja de esto, y son los que tienen que hacer el trabajo del remolón.
 #667026  por Romina34
 
DAL muchas gracias!! super clara tu respuesta!!!!!!!!!!!!! te re agradezco!!
Sobre tu comentario final, es como decís, en el caso de esta empresa se empezó a dar que el resto de las personas del mismo grupo de trabajo de este empleado están empezando a hacer a lo mismo!!!!
Gracias!!!
Saludos,
 #895040  por LALETRADA
 
Estimados Colegas: muy buenos sus comentarios y me han sido de mucha utilidad.- En mi caso, me han consultado por algo similar al caso de Romina. Por un lado la empresa tiene un empleado que por quincena falta al menos dos días, en realidad todos los viernes de la quincena despues de que cobra, falta al lunes siguiente. A su vez, vive enfermo..... el último hecho que tuvimos fue que un miercoles aviso que no iba a trabajar pq estaba enfermo, sin mencionar las dolencias, al dia sigueinte le mandamos el médico y no estaba en su domicilio siendo atendido por al tia que manifesto que no se encontraba, al otro dia le mandamos nuevamente el medico y tampoco se encontraba. A todo esto se presenta el dia lunes y acompaña un certificado medico donde le diagnostican anginas y reposo por 72 hs. desde el dia miercoles.- Uds. que harian en este caso?????
Otro tema muy interesante son las famosas carpetas psiquiatricas!!!! dejo planteado el tema a ver que opinan! desde ya muchas gracias!