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  • decreto municipal 8903/978

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #663718  por SamMont
 
Hola a todos!!!!....los molesto porque la verdad no tengo mucho trabajo laboral...y me encontré con este decreto en un proveído, lo busqué y no encontré nada....alguién me podría ayudar????.... :?:
"Buenos Aires, 22 de diciembre de 2010.- En atención a lo manifestado y a los estudios complementarios requeridos por el perito médico a fs.220/222, dése intervención a un organismo hospitalario municipal de conformidad con lo establecido por el decreto municipal nro. 8903/978..."
La pregunta es: establece ese decreto algun hospital en particular o algun criterio especifico para determinarlo?????....
Muchas gracias, y buena feria para todos!!!!
 #664014  por carastec
 
SamMont escribió:Hola a todos!!!!....los molesto porque la verdad no tengo mucho trabajo laboral...y me encontré con este decreto en un proveído, lo busqué y no encontré nada....alguién me podría ayudar????.... :?:
"Buenos Aires, 22 de diciembre de 2010.- En atención a lo manifestado y a los estudios complementarios requeridos por el perito médico a fs.220/222, dése intervención a un organismo hospitalario municipal de conformidad con lo establecido por el decreto municipal nro. 8903/978..."
La pregunta es: establece ese decreto algun hospital en particular o algun criterio especifico para determinarlo?????....
Muchas gracias, y buena feria para todos!!!!
Me parece que se le chispotió algún dedo al que escribió con el nº de decreto, jaja.
Igual, no hay drama.
El perito dijo que para emitir el dictamen requiere estudios complemetarios (por ej. un psicodiagnóstico).
Normalmente, el perito deja en el expediente la orden para el estudio (una receta con sello y firma), y el Hospital donde aconseja le hagan el estudio.
Por ej. si es un psicodiagnóstico, al que está en Av. Las Heras (creo que es el Htal de Agudos Pirovano)

Las opciones son 2:
A) Con la RECETA (orden de estudio firmada y sellada por el perito) que desglosás del expediente, tu cliente va y pide turno - le dan para 3 meses de demora promedio-
B) Decís en el Juzgado que fue a averiguar y le dijeron que hay una gran demora (exagerá un poco), pero que si se pide por oficio, le dan turno en 20/30días. Pedís que se ordene la realización del estudio por oficio.

En uno u otro caso, le terminan danto a tu cliente un turno en el Htal Municipal. Le hacen el estudio, y luego se agrega al expediente.
Se notifica al perito que el estudio complementario está agregado a autos, y el perito ahí ya tiene todos los elementos para emitir su dictámen.
 #671295  por SamMont
 
ja ja..es verdad se me chispoteo!!!!...Muchas gracias por la data!!!! :D ...
 #906781  por mnarvaez061
 
Hola SamMont, pudiste encontrar el decreto? Yo también ando atrás de lo mismo, pudiste averiguar algo más? El número está bien, o el que me despachó lo mismo a mí también se equivocó! Saludos y gracias