Estimados,
Me consultó un cliente, para que lo ayude a notificar a la empresa que entró en licencia psiquiatrica y que le recomiendan licencia de su actividad laboral por 30 días. El tema es que justo empezaba sus vacaciones porque se las había pedido porque no se sentía bien y al tener un episodio tuvo que ir de urgencia. Yo le sugerí que lo notifique fehacientemente por telegrama informando la situación y lo indicado por el psiquiatra y asimismo, notificando la interrupción de sus vacaciones y también poniendo a disposición de la empresa el certificado medico. Esto está bien, voy bien?. Las vacaciones le quedarían todas para gozar luego de que tenga el alta médica verdad? y como empezaba las vacaciones el dia 20 y el certificado tiene fecha del dia 20, por lo tanto al interrumpirlas el mismo día, le quedarían los 14 días, es así?. Disculpen pero nunca tuve un caso de enfermedad en medio de las vacaciones, se que en la práctica es por el único motivo que se pueden interrumpir, pero repasé los art. 150 al 155 de la lct y no encontré donde especifica esto. En realidad, tampoco se si tengo un caso!, me contó que no tiene buena relación laboral y por eso prefiere notificar todo formalmente. Por último, que plazo tendría para notificarlo a la empresa, siendo que en la empresa tienen como que él está de vacaciones, o con tener el certificado se puede notificar en cualquier momento de las vacaciones alegando la interrupción a partir de la fecha del certificado médico.
Espero haber sido claro, si alguien me saca de la duda! Gracias.
Me consultó un cliente, para que lo ayude a notificar a la empresa que entró en licencia psiquiatrica y que le recomiendan licencia de su actividad laboral por 30 días. El tema es que justo empezaba sus vacaciones porque se las había pedido porque no se sentía bien y al tener un episodio tuvo que ir de urgencia. Yo le sugerí que lo notifique fehacientemente por telegrama informando la situación y lo indicado por el psiquiatra y asimismo, notificando la interrupción de sus vacaciones y también poniendo a disposición de la empresa el certificado medico. Esto está bien, voy bien?. Las vacaciones le quedarían todas para gozar luego de que tenga el alta médica verdad? y como empezaba las vacaciones el dia 20 y el certificado tiene fecha del dia 20, por lo tanto al interrumpirlas el mismo día, le quedarían los 14 días, es así?. Disculpen pero nunca tuve un caso de enfermedad en medio de las vacaciones, se que en la práctica es por el único motivo que se pueden interrumpir, pero repasé los art. 150 al 155 de la lct y no encontré donde especifica esto. En realidad, tampoco se si tengo un caso!, me contó que no tiene buena relación laboral y por eso prefiere notificar todo formalmente. Por último, que plazo tendría para notificarlo a la empresa, siendo que en la empresa tienen como que él está de vacaciones, o con tener el certificado se puede notificar en cualquier momento de las vacaciones alegando la interrupción a partir de la fecha del certificado médico.
Espero haber sido claro, si alguien me saca de la duda! Gracias.
