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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #662178  por juanmangi
 
Buenas tardes estimados colegas les escribo luego de haber buscado doctrina para ver si alguno de ustedes me puede aclarar un poco el panorama sobre una situación que posee un cliente. El tema es así:
Una empleada queda embarazada y al mes presenta un certificado médico que por peligro de aborto debe realizar reposo laboral. Al cumplirse el mes acerca otro certificado por 30 días con la misma causa. En un momento me llama mi cliente y me dice vengo siguiéndola porque está andando en moto a lo cual le dije sacale una foto y cuando vaya a cobrar el sueldo te firme el apercibimiento con la suspensión (justo era al día posterior). Así fue que la empleada rubrico y consintió la falta y el apercibimiento decía que ante un nuevbo incumplimiento se la echaría con justa causa y se la suspendió 3 días. Culminan los treinta días y manda un TCL donde dice que posee 21 semanas de embarazo y que el nuevo certificado médico dice: "Certifico que la Sra.......cursa 21 semanas de embarazo con hipertensión arterial por lo que recomiendo reposo laboral por 17 semanas" "el presente certificado se encuentra a vuestra disposicion en estudio del dr........, sin perjuicio que en copia original será entregado en la fecha a fin de que ejerza derecho de verificación médica me pongo a vuestra disposición. reservo derechos"

Por un lado el tcl no alcanza y debió acompañar el certificado médico. Ahora por otro lado si yo le mando el médico y le toma la presión y no tiene nada, se le pueden solicitar estudios adicionales?, ¿se le puede desconocer el certificado y solicitarle que entregue el original y los estudios en los cuales se ha basado el médico? ¿vale que el médico diga recomiendo, en vez de decir debe" A su vez se le ha ofrecido que haga tareas mínimas administrativas donde no tenga que hacer ningún esfuerzo y no aceptó. Por otro lado la ley dice que si posee una antigüedad menor a 5 años le corresponden por enfermedad inculpable sólo tres mneses de haberes art. 208 LCT
En fin mi intención es que alguien mas experimentado me diga que haría ante este caso.
Desde ya les agradezco mucho y les deseo unas muy felices fiestas
 #662203  por doctordoctor
 
1) Yo mandaría médico y que el evalue si su grado de hipertensión es tal como para no realizar labores o si esa es la causa que generaría un aborto y por la cual se la pretende proteger...

2) la hipertensión es debida al embarazo y eso genera riesgo de aborto? o ella es hipertensa crónica?

3) La licencia por maternidad barre con cualquier otra licencia. Si ella tiene 3 meses por el 208, y usó 2 meses por la misma causa, entonces le queda 1 mes mas (en el supuesto que sea todo por lo mismo) y en su caso 45 días del parto (si es que tu cliente usa ese derecho o sólo los 30...) arrancaría la licencia por maternidad.

4) En caso que el medico de la empresa dijera que si puede realizar labores livianas, entonces la intimaría fehacientemente a que se reincorpore bajo este nuevo cargo transitorio sin disminución de salario por supuesto. Aunque para determinar esto no basta imagino tomarle la presión.

Esa es mi opinion. Saludos.