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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #660175  por carpediem777
 
Muy buenas tardes colegas, la pregunta es la sig.: Que tan conveniente es negar el intercambio telegrafico y desconocer cada uno de los mismos en la contestacion de demanda????? tengo que contestar una en donde se solicito e hizo lugar en la demanda a la prueba anticipada, y asi enviar oficio al correo para que se constate la autenticidad de las mismas... es decir, negando el intercambio y c/u de los telegramas recibidos...no se evidencia cierta mala fe al contestar la demnada????' porque de todas formas el correo va a informar que son ciertas......en conclusion: si en las negativas particulares de la contestación no menciono el tema de los telegramas...esta mal??? corro algun riesgo????
Opiniones por favor...es mi primer contestacion!!!!! GRACIAS!!!!!!!!!!!!
 #660207  por MORGAN
 
si no desconocés la documental le ahorrás a la contraria molestarse a acreditar la autenticidad de ellas.
vos tenés que evaluar la conveniencia o no de desconocer la documental que la contraria adjunta.
no tiene que ver con la mala fe sino con el derecho de defensa.
se desconoce todo imaginate que la contraria se olvida de oficiar o se decreta la caducidad o negligencia de la prueba y sonó.
 #660253  por carpediem777
 
Gracias Morgan!! tenes razon....mejor...niego y desconozco todo, es una demanda por empleo no registrado, (clandestinidad total), de todas formas la idea es arreglar en la primer audiencia, en ultima instancia tendra él que demostrar la autenticidad de todos los documentos. Gracias por tu respuesta.
 #660813  por DAL
 
Tene en cuenta que no conviene negar las cartas que contestate!!
 #661245  por carpediem777
 
GRACIAS DAL!!!!!!!!!! entonces borro e...l "Niego intercambio telegrafico" ( porque estaria negando la carta documento con la cual se contestaron los telegramas), dejo los desconocimientos de cada uno de los telegramas recibidos, y sobre la unica carta documento con la que se contesto no digo nada, y asi seria reconocerla tácitamente...esta bien asi???????????? se entendió lo que dije????? :?
 #661307  por Caro36
 
No se entendió nada! jaja, lo que te dice el colega es que no niegues tu carta documento, jajaja. acordate siempre que lo que no niegues lo estas reconociendo, y lo que reconoces no es necesario probarlo, a confesion de parte relevo de pruebas!!!!
 #661359  por flux
 
Nega todo, inclusive el intercambio telegrafico, sellos, firmas, contenido, envio y recepcion. Tiempo para luego reconocer siempre hay. Mas que todo porque si te dan la primera audiencia y no hiciste eso puede que la otra parte se "envalentone" con la documental que ya tiene probados y se ponga mas dificil el acuerdo.

El hecho de negar firmas insertas (lo mas jodido, porque luego la pericia te puede salir en contra y con costas) no te causa gravamen si al momento de la audiencia de reconocimiento ahi si reconoces las firmas porque evitas el llamamiento y designacion del perito del perito de esa manera (al menos en el proceso en pcia donde recien en la vista de causa te intiman a reconocer firmas normalmente)

Aparte siempre esta el factor "negligencia" dando vueltas por ahi, calcula que porque vos seas diligente y tomes mas o menos precauciones, no todo abogado es igual a vos (dicho por un amigo juez laboral); y pued que al negarle todo le impones la carga de la prueba y sea por vagancia, ignorancia o motivo que fuera; luego no produzca esa prueba en condiciones y la termines ganando no por tener razon sino por el error de la otra parte. Si no negas todo ya ese factor al azar lo perderias, porque no necesitaria producir esa prueba.

Y no, no es mala fe, es derecho de defensa, el limite entre el derecho de defensa y la mala fe procesal esta entre lo que es un argumento valido (aun si es mentira y con prueba puede comprobarse) y lo que es una obstruccion al debido proceso con alguna matufia

Un ejemplo: negar la recepcion de un telegrama es derecho de defensa, por el contrario, arrancarle al telegrama original que consta en el expediente la oblea con los 9 numeros de CD para que la contraria (si no tomo esos datos de antes de meter la demanda con la documental) al pedir el oficio el Correo no le puedan informar eso ya es mala fe procesal y terrible estafa procesal (si te agarran vas frito)
 #661604  por carpediem777
 
Caro36: jajajaj sisi, me dio la impresion de que no se iba a entender...gracias por tu respuesta!!!!!!!!!!
Lex: muy claro tu comentario!!! muchas gracias!!!
Conclusión: NEGAR TODO.