Hola a todos: les cuento el siguiente caso, pension directa sin inscripcion, pero tiene certificado de época desde los 16 años que ingreso en una empresa que ya no existe por 5 años de aportes, desde 18/08/1948 hasta el 12/05/1953, conforme resolucion 554/08 de anses con certificacion de epoca se considera acreditado todo el periodo, pero como es desde los 16 y no desde los 18 me genero la duda y pensaba con testigos suplir eso con art. 38 que opinan?
Muchas gracias a todos por las respuestas.
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