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  • Articulo 3 de la 24476 o 38 de la 24241. cual usar????

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #659861  por rovmia
 
Hola foristas, tengo una consulta por una pensionada que va a pagar toda la deuda. Tiene mucho exceso de edad y unos anios en Relacion de dependencia. Cese anterior al 95, con lo cual le aplico 7 anios de declaracion jurada. En mi caso le aplique los 7 anios de corrido en un periodo que va del 63 al 69, pero le aplique el 3, no el 38 de la 24241. Estaria ok? O si o si debo aplicarle el 38? No me queda claro. Tenia entendido que el 3 se puede aplicar desde los 18 anos hasta el 93. Pero como tiene años de Rd me entro la duda y ya envie el plan, pero no quiero hacerle pagar sin estar segura.
Alguna ayuda??????
Espero sus comentarios.
Muchas gracias y saludos
 #659969  por FLORCITA73
 
rovmia escribió:Hola foristas, tengo una consulta por una pensionada que va a pagar toda la deuda. Tiene mucho exceso de edad y unos anios en Relacion de dependencia. Cese anterior al 95, con lo cual le aplico 7 anios de declaracion jurada. En mi caso le aplique los 7 anios de corrido en un periodo que va del 63 al 69, pero le aplique el 3, no el 38 de la 24241. Estaria ok? O si o si debo aplicarle el 38? No me queda claro. Tenia entendido que el 3 se puede aplicar desde los 18 anos hasta el 93. Pero como tiene años de Rd me entro la duda y ya envie el plan, pero no quiero hacerle pagar sin estar segura.
Alguna ayuda??????
Espero sus comentarios.
Muchas gracias y saludos
Los períodos que llegan hasta el 12/68 ( límite hasta el que podés aplicar el art. 38) son períodos baratos.
Los posteriores a esa fecha se empiezan a encarecer, y es por eso que conviene aplicar el art. 3, que podés utilizar hasta el 9/93. Esa es una gran diferencia entre uno y otro artículo.
Están posteados los valores de los períodos. Así que si tenés paciencia y los buscás vas a poder abaratar siempre tus moratorias.

slds.

Flor
 #660025  por hugo2
 
arielruiz86 escribió:Anyweb: para que actividad son esos valores? Porq yo tengo otros valores un poquitito mas alto con la actividad de costurera o albañil.
Seguramente los periodos mas bajos que tenes son de $ 50.70 y los mas caros $ 76.23.
 #660029  por hugo2
 
arielruiz86 escribió:Si exacto hugo, por eso le preguntaba, habra otra actividad mas barata aun?
Quedate tranquilo que la tabla tuya es la buena.( mas barato no hay ni siquiera en cordoba )
 #660102  por rovmia
 
Hola, muchas gracias por responder. En este caso tiene que pagar muy poquito y le arme toda la liquidacion en sicam I ya que lo que le compre es posterior a la fecha de su inicio. Mi consulta puntual es si el 3 lo puedo usar en periodos anteriores al 12/68. Es decir...si la DDJJ la uso antes de ese periodo, tengo que usar obligatoriamente el 38 o puedo usar el 3? Mas alla de lo economico o no de los periodos que lo tuve en cuenta y al tener que pagar tan poco pude comprar en el periodo mas economico. Ya envie el plan y aplique el 3 y me surgio la duda por si me lo rechazan aduciendo que enterior al 86 debe ir el 38. Teniendo el cuenta el limite temporal, puedo usar indistintamente los 2?
Muchas gracias nuevamente