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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #659670  por Daniel40
 
Foristas les consulto: tengo un Sr.con 11m trabajados en 1972 y 11m trabajados en 1975,total 22m,pero hay discrepancia con el sijp y no hay pruebas,puedo hacer valer todo el periodo ya que figura en sijp mas del 35% del total que se pretende hacer valer (circ.10/07).Se puede o estoy mal? Desde ya muchas gracias!
 #659684  por arielruiz86
 
Va a depender mucho del criterio que tenga cada udai, algunas no basta solo con la que dice la Res 524 (parece que no es de aplicacion obligatoria y general....), sino que te pueden pedir mas pruebas o incluso mandan a verificar con el riesgo de retardar el tramite o incluso el rechazo del mismo. Consultalo en tu udai si la usan.....
 #659823  por dramamita
 
no es que mi postura sea facilista pero con 22 meses nada mas que tiene aportados, y que ademas entran dentro del periodo de moratoria............. no va a cambiar demasiado la deuda, en mi opinion tomaria solo que figura en el sijp , salvo que tuvieras mas pruebas para aportar
 #659858  por molinag
 
Tendrias que poder tomarte el año sin problemas, ahora como te dicen, por 2 meses evitate inconvenientes y no los tomes..
 #659867  por Daniel40
 
Muchas gracias por las respuestas.Explico: en otro caso tal vez hubiese dejado pasar estos pocos aportes pero el caso es que no es lo unico q tiene rrdd,pero si es el unico periodo con conflicto y el tema es que ya meti el tramite,por eso la urgencia porque no va a superar la probatoria y no quiero tener que reabrir y que vuelva a pagar 1º cuota,etc (es de muy bajos recursos).Ahora que me explique mejor la pregunta seria: puedo hacer valer esos 22 meses, de los cuales anses solo me reconoce 14m? Esta vigente la circ.10/07 o fue reemplazada por 524/08? Lo que puedan sugerirme les agradeceria mucho.Saludos
 #660417  por Daniel40
 
Por favor chicos alguno me puede orientar si voy bien en este tema.
Gacias!
 #660432  por arielruiz86
 
Bueno, pero si ya lo presentaste no hay vuelta atras, que otra cosa podes hacer?
 #660473  por dramamita
 
ahora yo pregunto..............con que pruebas tomaste los 22 meses????????

Daniel ojala que anses te reconozca todos esos periodos, pero perdoname que sea mala onda.............los años de aportes tenemos que armarlos con el maximo cuidado, asegurando que cada mes va a ser reconocido por anses.........esta en juego no solo el dinero de tu cliente si no la obtencion del beneficio. Mira te comento mi caso......por primera vez en mas de 10 años de trabajo, tengo una denegatoria ......en el apuro de presentar las carpetas despues de tanto tiempo de vacaciones previsionales que me tome, me mande con una que tenia dto 592/79 y yo habia interpretado que si no me adheria a la misma no necesitaba ampliar situacion de revista..............logicamente salio denegada. Mi cliente es un señor muy pudiente, pero la carpeta y la liquidacion fueron mi responsabilidad por lo tanto el pago de la cuota lo hice por mi cuenta.

De todas maneras espero que no tengas que llegar a pagar la cuota para presentar por segunda vez

besitos
 #660651  por arielruiz86
 
Habias interpretado bien dramamita, esta mal denegada; la restriccion es: si optas por el decreto 592/79 debes ampliar en el sicam 2 lo anterior de autom 1 (PHA). Si no optas por el mismo podes ampliar y/o modificar lo anterior al 9/93.
 #661259  por dramamita
 
arielruiz86 escribió:Habias interpretado bien dramamita, esta mal denegada; la restriccion es: si optas por el decreto 592/79 debes ampliar en el sicam 2 lo anterior de autom 1 (PHA). Si no optas por el mismo podes ampliar y/o modificar lo anterior al 9/93.
gracias ariel!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! ademas da una diferencia tremenda de deuda en el caso de mi cliente
besitoss