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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #660140  por carub
 
Hola, les cuento que hice telegrama a empleador: "Ante despido verbal arbitrario acaecido dia......intimo registre correctamente la relacion desde su inicio, abone diferencias salariales, horas extras, indemnizacion x despido incausado, etc...bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes" (hice telegrama a afip) La demanda niega todo, aduce que mi clienta manifesto que iba a renunciar y la intimo a que se presente a trabajar.
Tengo que contestar y no se qué poner, mi temor es que en el primer telegrama no puse bajo apercibimiento de considerarse despedido... Como configuro ahora el despido ???? o basta con lo manifestado en el primer telegrama, ademas la empleadora no ha dado cumplimiento a la correcta registracion todavia. y niega la fecha de ingreso, espero puedan ayudarme ya que esto me tiene preocupada. saludos!
 #660154  por GU
 
Cual era el defecto de registracion?

Por ahora, el vinculo no esta extinguido porque no existe ratificacion del despido verbal por parte de la empresa (lo que hasta cierto punto te beneficia).

Intima correctamente con todos los requisitos de la 24013 (en los terminos en que relatas, la intimacion esta mal hecha).

Salutes!
 #660156  por carub
 
Gracias GU, la empleadora le comunico mediante cd extinguido el vinculo por abandono de trabajo... estoy en el horno no?? Se te ocurre alguna forma de enderezarlo ?????
(Cuando notifique a la AFIP declare real fecha de ingreso, categoria horario y remuneracion)
 #660167  por carub
 
me olvide de aclarar que el defecto de registracion era en cuanto a la real fecha de ingreso. En un despacho anterior yo rechace la intimacion de la empleadora a presentarse a trabajar dentro de las 24 horas "...ya que el vínculo que nos uniera se encuentra extinguido por su exclusiva voluntad..."Y es en el dia de hoy que comunican mediante cd que haciendo efectiva la intimacion cursada la consideran incursa abandono de trabajo. yo todos los telegramas que hice, apercibía a iniciar las acciones legales correspondientes. reservando derechos.
Cuando las hice estaba segura pero hoy leyendo todas, se me generaron dudas y realmente tengo miedo de haber metido la pata!!!! si me pueden orientar les estare muy agradecida
 #660180  por carub
 
Apelando siempre a su buena voluntad les transcribo el telegrama que armé en responde a ver si esta bien: " Rechazo su cd nº... de fecha... por falaz, temarario, malicioso y contrario a derecho. Niego el contenido de su misiva, así como tambien todos y cada uno de los hechos falsos que usted formula. Rechazo causal de abandono de trabajo que ud. fraudulentamente pretende invocar. Asimismo reitero y ratifico mis despachos anteriores. reitero despido verbal arbitrario dispuesto por ud. dia 26/11/10 así como tambien reitero que el vinculo que nos uniera se encuentra extinguido por su exclusiva culpa.
Habiendo ud., incuplido a los requerimientos formulados por esta parte en cuanto a la real fecha de ingreso, categoria y remuneracion es que considero su actuar injurioso hacia mi persona haciéndolo responsable en los terminos de la ley 24.013 y 25.323. Cierro intercambio telegráfico. Queda Ud. notificado."
 #660184  por MORGAN
 
aunque la cosa está desprolija, en este caso estimo que te conviene sostener que ocurrió el despido directo como decías desde el principio en tu telegrama. el despido es un acto informal puede darse por escrito o no. solo se exigue la forma escrita en 2 casos, con preaviso ó despido con causa.
 #660203  por carub
 
Morgan agradezco infinitamente su ayuda. me deja un poquito mas tranquila y para la proxima tratare, como dice ud. ser mas prolija. De todos modos estos eqívocos o grandes dudas de haber cometido un error es lo que lleva a uno a repasar lo hecho, ir a las fuentes y en definitiva a aprender mas de esta hermosa profesion. Gracias y Feliz 2011 para Ud. y para todos los que siempre nos ayudan!!!!!
 #660211  por GU
 
Si bien es cierto que el despido no requiere ser por escrito, el despido hay que probarlo.

Vos tenes una manifestacion unilateral de tu clienta que dice haber sido despedida en x fecha. Por su parte, la empleadora lo niega y te intima a retomar tareas (demostrando por su parte, la continuidad de la relacion), mas alla de que en la realidad la haya despedido o no.

Pero el problema va a ser acreditar el despido verbal, lo que en la practica, si el empleador lo niega, es muy dificil sino imposible (ya que los otros empleados dudosamente declaren que esto sucedio).

Respecto a la procedencia de la 24013, es contradictorio reclamarlo. Si vos decis que la relacion esta extinguida por el despido verbal, no podes reclamar la 24013 cuyo requisito esencial es la vigencia de la relacion laboral. Te contradecis en la estrategia si reclamas esta ley, solo hace mencion a la 25323, haciendo incapie en que se utiliza esa norma por haberse extinguido la relacion encontrandose mal registrada.

Si podes conciliarlo, concilialo.

Salutes!