hola. Con este tema de la Resolucion 555 tengo algunas dudas:
Tengo entendido que a los efectos de aplicar el art. 3 Ley 24476 en SICAm, puedo tomar el último pago que haya efectuado el afiliado ( pero esto sería solo para aquellos que hayan desarrollado actividades no regladas). Los que desarrrollan actividades regladas hay que estarse al cese o la baja de oficio. esto es asi?
Gracias
Tengo entendido que a los efectos de aplicar el art. 3 Ley 24476 en SICAm, puedo tomar el último pago que haya efectuado el afiliado ( pero esto sería solo para aquellos que hayan desarrollado actividades no regladas). Los que desarrrollan actividades regladas hay que estarse al cese o la baja de oficio. esto es asi?
Gracias
cordiales saludos.
Fernando
Fernando
