Hola les comento tengo una sra nacida en enero de 1945 que en su histroia laboral figura como aporte autonomo - monotributista- pagos irregulares de años 99, 00, 04 a 07 y hasta sep de 2010, por lo que entiendo , los periodos intercalados en esos años se consideran deuda y deberia pagar de contado, (apital mas intereses) para aprovecharlos, si no lo que hay que hacer es renunciar a todo LO POSTERIOR a sep 93 por el art. 1 25.321 ... y el resto en situacion de revista pongo los años de declaracion jurada y en ampliada todos los demas... auxilio se que para algunos estas dudas son muy sencillas de resolver y para mi es una GRAN AYUDA. GRACIAS TOTALES
