Hola soy nueva en el tema y es mi primer reajuste, pedi el calculo en ADAP y dio el siguiente resultado:
fecha de adquisicion de derecho: 11/04/2005 fecha de cese: 31/05/2000, mi cliente estuvo cobrando fondo de desempleo hasta que adquirio la edad jubilatoria.
Tiene 30 años bajo relacion de dependencia y era encargado de mantenimiento en una fabrica.
Haber de alta: 600,83 Haber reajustado segùn el calculo: 1.106,93 (el doble)
Los parametros que utilizaron en el blue corp son:
Para actualizar remuneraciones : ISBIC
Para movilidad: Indice de Salarios Nivel General INDEC hasta el 31/12/2006 y desde ahi aumentos generales de Anses.
Indice actualizacion MOPRE para la PBU : isbic
Mis dudas son:
1) segun lo que estuve leyendo en este foro, aplicaria para PBU fallo Bruzzo, PC Y PAP Eliff que remite a Badaro. Estoy
orientada?
2) es necesario poner se aplique tal fallo en el reclamo administrativo???
3) Insconstitucionalidades: Ley 23982 de Convertibilidad
Ley 24463 de solidaridad, resoluciones 918/94 y 63/94 de anses
Estoy bien orientada??? Gracias a todos.
fecha de adquisicion de derecho: 11/04/2005 fecha de cese: 31/05/2000, mi cliente estuvo cobrando fondo de desempleo hasta que adquirio la edad jubilatoria.
Tiene 30 años bajo relacion de dependencia y era encargado de mantenimiento en una fabrica.
Haber de alta: 600,83 Haber reajustado segùn el calculo: 1.106,93 (el doble)
Los parametros que utilizaron en el blue corp son:
Para actualizar remuneraciones : ISBIC
Para movilidad: Indice de Salarios Nivel General INDEC hasta el 31/12/2006 y desde ahi aumentos generales de Anses.
Indice actualizacion MOPRE para la PBU : isbic
Mis dudas son:
1) segun lo que estuve leyendo en este foro, aplicaria para PBU fallo Bruzzo, PC Y PAP Eliff que remite a Badaro. Estoy
orientada?
2) es necesario poner se aplique tal fallo en el reclamo administrativo???
3) Insconstitucionalidades: Ley 23982 de Convertibilidad
Ley 24463 de solidaridad, resoluciones 918/94 y 63/94 de anses
Estoy bien orientada??? Gracias a todos.
