Les comento que aca en udai formosa (hay una sola central) interpretaron la 555/10 para cualquier lado:
1- no aceptan modificaciones de actividad antes de 1993
2- no aceptan cese ficto
3- y esto es lo peor es de terrorrrr¡¡¡¡¡¡ no aceptan la compra de periodos ampliados si antes no figura en el puc de la afip o sea para ellos termino la 24476 para los autonomos, pues si no probas que laburaste o estuviste incripto, al menos lo que necesites para jubilarte no podes jubilarte.... no se que resolucion habran leido, y los unico que nos queda, es el inicio por insistencia para luego ir a la carrs mientras tanto pasa 1 año sin tener el beneficio, es una lastima, y aca no hay varias udai como en otras provincias, en donde puedas ir para safar de interpretaciones como nuestra unica udai, para colmo en la anses hay un sola persona que maneja todo el tema, en la afip los mismo. ejemplo si en el puc tenes 10 años nomas, por ampliada NO podes comprar los 20 restantes, porque esos 20 no estan en el puc ni en el pha,o sea para ellos no lo podes jubilar.-Terminaron con la 24476 y la 25531 .Una verdadera pena.-Si bien es cierto que tenes vias por donde recurrir se pierde un monton de tiempo y ahi esta el problema, conocen alguna otra udai que se maneje asi?????
1- no aceptan modificaciones de actividad antes de 1993
2- no aceptan cese ficto
3- y esto es lo peor es de terrorrrr¡¡¡¡¡¡ no aceptan la compra de periodos ampliados si antes no figura en el puc de la afip o sea para ellos termino la 24476 para los autonomos, pues si no probas que laburaste o estuviste incripto, al menos lo que necesites para jubilarte no podes jubilarte.... no se que resolucion habran leido, y los unico que nos queda, es el inicio por insistencia para luego ir a la carrs mientras tanto pasa 1 año sin tener el beneficio, es una lastima, y aca no hay varias udai como en otras provincias, en donde puedas ir para safar de interpretaciones como nuestra unica udai, para colmo en la anses hay un sola persona que maneja todo el tema, en la afip los mismo. ejemplo si en el puc tenes 10 años nomas, por ampliada NO podes comprar los 20 restantes, porque esos 20 no estan en el puc ni en el pha,o sea para ellos no lo podes jubilar.-Terminaron con la 24476 y la 25531 .Una verdadera pena.-Si bien es cierto que tenes vias por donde recurrir se pierde un monton de tiempo y ahi esta el problema, conocen alguna otra udai que se maneje asi?????
