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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #641959  por federico38
 
hoy salio









GACETILLA N ° 2770 8 de Noviembre de 2010



PERSONAL DOMÉSTICO: LOS TRABAJADORES PODRÁN COMPROBAR LOS APORTES REALIZADOS POR SUS EMPLEADORES


Los trabajadores del servicio doméstico ahora podrán consultar por Internet, los pagos que realizan sus dadores de trabajo en concepto de Seguridad Social y Obra Social.

La medida abarca a más de 450.000 trabajadores del servicio doméstico que se encuentran registrados

Se aprueban nuevos volantes de pago F. N° 102/B y 575/B para facilitar el ingreso de las obligaciones.

La nueva herramienta permitirá además, que las correcciones o reimputaciones de los pagos efectuados en forma errónea, se tramiten con mayor agilidad.

Con el objetivo de mejorar los controles y el servicio al contribuyente, la AFIP incorpora una nueva herramienta de fácil acceso, vía Internet, que permite a los trabajadores del servicio doméstico verificar y controlar los pagos que realiza su dador de trabajo en concepto de seguridad social y obra social.

Para comprobar los aportes realizados, los trabajadores deberán ingresar a la página web de AFIP (www.afip.gob.ar) al servicio denominado “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”. Se accede con Clave Fiscal, que si el trabajador no la posee, la puede obtener personalmente en cualquier agencia AFIP.

El Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico fue dispuesto por la AFIP mediante la Resolución General N° 2958, la que aprueba además nuevos volantes de pago F. N° 102/B y 575/B para facilitar el ingreso de las obligaciones de los aportes y contribuciones del mencionado régimen.

Asimismo, esta herramienta permitirá que las correcciones (reimputación) de los pagos efectuados en forma errónea se tramiten con mayor agilidad, ya que ahora se realizarán en forma inmediata a la presentación de la solicitud en las Agencias DGI, sin requerir la intervención de las áreas centrales de la AFIP para la correcta derivación de los fondos a los organismos de la Seguridad Social.

Con esta medida, la AFIP apuesta a la incorporación de nuevas tecnologías, sumando valor agregado a las operatorias de control que realiza el Estado. Acceso a la información para los trabajadores es integridad y transparencia.


yo prove y todavia nada!!!
 #641969  por andrea37
 
Que bueno, estoy esperando la reimputación de un pago de sdm. Hice el reclamo en el formuario 1700 de afip y envie el mail a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" pero todavía nada. Entré a a CCMM Y DICE:NO EXISTE SITUACION DE REVISTA INFORMADA PARA ESTA LIQUIDACION. SI ESTO ES INCORRECTO COMUNIQUESE CON SU AGENCIA AFIP. Esperemos que se habilite pronto!
 #641982  por arielruiz86
 
Es problable que para que sea operativa la cuenta corriente para aportes del SDM se debe pagar con estos nuevos modelos de form 102/B y 575/B.
 #642128  por fabidoc
 
QUe significa? que las reimputaciones las van a procesar en el momento?
 #642215  por arielruiz86
 
No, yo creo que se va a poder reimputar pero solo con los pagos que se haga de ahora en mas con los nuevos form. Osea, que no se va poder reimputar pagos anteriores que se hayan efectuado con los actuales form que venimos usando, lo que se traduce en que no sera posible (era mi insinuacion) reimputar todos los pagos anteriores con el fin de bajar los intereses, porq de echo yo por ej tengo paralizado una jubilacion con SDM que use en su momento con periodos viejos (04/2000 a 12/2003) y ahora debo cancelar los intereses y me arroja una deuda abultada.
 #642361  por fabidoc
 
Si, gracias, a mi también me llegó una deuda para reimputar 2 años y ahí está. No sé si hacerlo y los intereses son como 4000$.
Veremos que acontece.