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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #641667  por Camarista41
 
Buenas foristas!
Una duda, tengo el caso de una mujer que estaba por iniciar su jubilación con moratoria, en el trascurso de las averiguaciones, su esposo fallece. El señor era jubilado con moratoria. La señora tramita su jubilación con moratoria, luego del fallecimiento del esposo, y sale acordada. Es decir, al solicitar su jubilación no percibía ningún beneficio. Consulta en ANSES para iniciar la pensión derivada, y le dicen que cuando se la otorguen le suspenderán la jubilación porque no puede percibir dos beneficios con moratoria. No se aplica en este caso el dictamen GAJ35432? Es decir que podría percibir ambos beneficios aun con moratoria? Gracias
 #641668  por FLORCITA73
 
Hola:

Es el primer caso de las excepciones Dictamen 35432. Cuando se jubiló no cobraba ningún beneficio aunque ya hubiera tenido el derecho a la pensión del marido por fallecimiento de éste.
Corresponde la pensión derivada y el descuento de la moratoria de cada uno de los beneficios.
Con la pensión derivada no existe ningún tipo de dudas. Es un derecho adquirido. Presentala tranquilamente.

saludos

Flor
 #641676  por Camarista41
 
FLORCITA73 escribió:Hola:

Es el primer caso de las excepciones Dictamen 35432. Cuando se jubiló no cobraba ningún beneficio aunque ya hubiera tenido el derecho a la pensión del marido por fallecimiento de éste.
Corresponde la pensión derivada y el descuento de la moratoria de cada uno de los beneficios.
Con la pensión derivada no existe ningún tipo de dudas. Es un derecho adquirido. Presentala tranquilamente.

saludos

Flor
Muchas gracias Flor *flor* !!! Estaba seguro que tenía el sustento adecuado para discutir el caso, lo que sucede que la señora sostenía lo que le habían dicho en la udai. Pediré en la SPP en observaciones que se tome en cuenta el dictamen mencionado.
Saludos!