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  • RES. 555 /PUC ANTERIOR AL 9/93

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #641142  por benfer
 
Se que se comento mucho al respecto pero quizas ahora esten mas claras las cosas para algunos; para mi aún no.

Tengo un caso de una Sra. 62 años, y en pestaña de DATOS PERSONALES me sale:

6/1983 al 12/1986 CAT. D (000)
1/1987 aL 09/2000 CAT.D (000)
10/2000 al 02/2007 CAT.D (000)

De todo ese periodo hay algunos pagos que dan 0, pero no todos los que necesito para poder completar los 30 años;

Sin embargo, si cargo la situacion de revista de la siguiente forma:

06/1983 al 09/1993 CAT.A (307) COSTURERA
10/1993 al 02/2007 CAT. D (000)

el sistema me toma muchisimos más pagos en "0" permitiendo a esta persona llegar a los 30 años (obviamente comprando lo que resta);

¿Piensan que es posible hacer esto teniendo en cuenta que la 555 exigiria, a mi entender, respetar solo a partir del 10/1993 ??

¿alguien con una experiencia en un caso similar?
 #641161  por peri1955
 
CALCULO POR LO QUE ESCRIBISTE QUE 6/83 CATEG.000 SURGE DEL PADRON HISTORICO DE AUTONOMOS...
NO? Y SI SE INSCRIBIO EN AUTONOMOS CON ESA CATEGORIA: COMO VAS A HACER PARA CAMBIARLA?
 #641172  por benfer
 
Hola Pari, sale del PUC , de la pestaña de datos personales, todavia no pedi el telex, pero ya tiene un nro de cuenta cargada y todo pareceria que indica que desde la fecha en que mencionas se inscribio en autonomos en cat.000

¿entonces que es lo que debo respetar y a partir de qué fecha historica? estoy probando tantas liquidaciones que me maree,

Mil gracias
 #641181  por peri1955
 
HASTA DONDE ENTENDI LAS CATEGORIAS AUTONOMAS DEBEN RESPETARSE (LO QUE FIGURA EN PHA).
YO LO HAGO ASI. SI ALGUIEN PUDO ENTRARLO EN ALGUNA UDAI DE OTRA MANERA QUE LO COMENTE.
EN ZONA SUR TENGO QUE RESPETAR PUC Y PHA.
 #641206  por benfer
 
Perdona Peri, ¿el PUC desde que fecha? la res. 555 es clara al respecto, debe respetarse a partir del 10/1993
 #641377  por benfer
 
Perfecto, esta clara la postura, una cosa es respetar el PUC y otra el PHA, no veo la diferencia porque estamos siempre hablando de autonomos.- La res 555 habla solamente de respetar el PUC despues del 10/93, asi que puede andar por donde vos decis,

Gracias