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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #640284  por viky
 
Buen día ,luego de leer los pots todavía estoy con dudas. Una señora que quiere cobrar su pensión la cual fue denegada por el tipo de beneficio , ahora intentará convertirla en ordinaria. Para ello tengo reconoci dos 16 años 4 meses del expediente anterior , 80 años de edad cumplidos en abril ,mi pregunta es la siguiente: Esos años faltantes alrededor de 3 años y meses se puede colocar directamente en el formulario PS 6.18 como que trabajó en cualquier empresa ,o poner por DDJJ art. 38 o debo hacer un sicam que si utilizo el art,38 me da deuda cero. Gracias por contestar!
 #640466  por fabidoc
 
Sí, colocalo en la SPP siempre que no supere 12/1968.
Caso contrario, deberías hacer un sicam por la 24241 y comprar un tramo por el art.3 ley 24476. Suerte.