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  • Le piden el cese de tareas????

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #638575  por Graciela Perez
 
Se trata de una jubilacion en estado 15, los 10 ultimos años los tiene trabajados como chofer de taxi, con CSR en la cual dicetareas comunes, actividad chofer.Al hacer la sumatoria de años le tome los años como comunes.
Ahora lo llaman al empleador para aparentemente, digo asi ya que me dijo mi cliente que le dijo el empleador???? que le entregue el cese de servicios al chofer....
Es posible que exijan esto si no fueron esos años tomados como servicios insalubres????

Gracias a quien pueda darme una pista sobre el tema....

GracielaGracielaM
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 #638596  por peri1955
 
Si es chófer de taxi y en Anses figuran como tal los aportes, los servicios son privilegiados y por lo tanto le exigen cese o cambio de tarea privilegiada a común, independientemente que vos lo hayas tomado como común.
 #639697  por AGDA
 
Entiendo que es correcto el proceder de ANSeS toda vez que si presentaste un certificación con esas tareas, ellos tienen la obligación y el deber legal de cotejar el caracter de los servicios. Caso contrario podrían menoscabar el derecho del solicitante. Hasta acá no es objetable el proceder de la Administración
Sin embargo, en lugar de contactar al empleador entiendo deberían haber intimado al solicitante. Supongo que, en caso de que no presentes el cese, te van a tomar los servicios como comunes, más aún si vos tampoco solicitaste (ni te interesa) hacerlos valer dentro del régimen especial. En caso, que quieras apurar el expediente hablalo con el supervisor o mandales un telegrama ley. Suerte
 #640472  por peri1955
 
SI. EN FORMA INDEPENDIENTE NO HAY PROBLEMA. EN RRDD TE PIDEN CESE DE TAREA PRIVILEGIADA O CAMBIO A TAREAS COMUNES. (TODO ESTO SI SE JUBILA ANTES DE LOS 65 AÑOS PORQUE UTILIZAS TAREA PRIVILEGIADA PARA DISMINUIR EDAD JUBILACION).
 #642079  por FLORCITA73
 
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La Circula GP 08/03- Actividades insalubres o diferenciales- Cese definitivo-

Aaclara que cuando se reunieran los requisitos de edad y servicios del régimen comun, no resultará exigible la presentación del cese definitivo de las actividades insalubres o diferenciales.