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  • HAY QUE HACER DESPEDIR A LOS QUE PRETENDEN ANTICIPADA?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #638753  por fugitiva
 
bUENAS mañanas gente!


Tengo una pregunta, burda quizá, pero aqui em desasnaré.
Un señor pasadisimo de aportes de 62 años de edad quiere jubilarse anticipadamente.
Ahora bien, si bien actualmnete esto no es posible, quería preguntarles que significa cuando el proyecto de ley alude a "personas desempleadas".
Significa esto que si mi cliente tiene buena relación con su patrón le conviene ya ir figurando como desempleado para poder acceder luego a la anticipada?.. :? ..
Gracias chicos, espero respuestas..
 #638780  por fugitiva
 
noelin escribió:no hay nada todavia, es solo un proyecto, pero casi siempre se pone una fecha anterior precisamente para q la gente no se haga "desemplear" por la ley

Disculpá, pero no entendí a que te referís con que se pone una fecha anterior :?
 #638781  por noelin
 
ej. si la ley sale en diciembre, ponen como condicion q deben haber estado desempleados al 30 de junio del mismo año, justo para evitar despidos con motivo de la ley; asi fue la de 2006, pero la de ahora no pasa de ser un proyecto
 #638997  por lilita09
 
fugitiva escribió:bUENAS mañanas gente!


Tengo una pregunta, burda quizá, pero aqui em desasnaré.
Un señor pasadisimo de aportes de 62 años de edad quiere jubilarse anticipadamente.
Ahora bien, si bien actualmnete esto no es posible, quería preguntarles que significa cuando el proyecto de ley alude a "personas desempleadas".
Significa esto que si mi cliente tiene buena relación con su patrón le conviene ya ir figurando como desempleado para poder acceder luego a la anticipada?.. :? ..
Gracias chicos, espero respuestas..
Buenas tardes Coraso me parece delicado este tema de querer hacer q tu cliente renuncie o llegue a un arreglo con el empleador :shock: ,porque no ves la posibilidad de analizar los achaques de salud que tiene haber si lo podes retitar pero legalmente,asi empieza a gozar de un benef.La anticipada no existe en este momento,listo!!! busca otra via, mira que por tu asesoramiento quedas expuesta a que si algo sale mal seas parte culpable, es mi humilde opinion,salu2.
 #639000  por lilita09
 
lilita09 escribió:
fugitiva escribió:bUENAS mañanas gente!


Tengo una pregunta, burda quizá, pero aqui em desasnaré.
Un señor pasadisimo de aportes de 62 años de edad quiere jubilarse anticipadamente.
Ahora bien, si bien actualmnete esto no es posible, quería preguntarles que significa cuando el proyecto de ley alude a "personas desempleadas".
Significa esto que si mi cliente tiene buena relación con su patrón le conviene ya ir figurando como desempleado para poder acceder luego a la anticipada?.. :? ..
Gracias chicos, espero respuestas..
Buenas tardes Coraso me parece delicado este tema de querer hacer q tu cliente renuncie o llegue a un arreglo con el empleador :shock: ,porque no ves la posibilidad de analizar los achaques de salud que tiene haber si lo podes retitar pero legalmente,asi empieza a gozar de un benef.La anticipada no existe en este momento,listo!!! busca otra via, mira que por tu asesoramiento quedas expuesta a que si algo sale mal seas parte culpable, es mi humilde opinion,salu2.
PERDON!!!! quize decir FUGITIVAAA!!!
 #639016  por lilita09
 
fugitiva escribió:hola lilita: muchas gracias por opinar.. si, es algo riesgoso...
Y los achaques de salud.. ejemplos?...
Mira si tiene problemas de salud serios, jugate a que la comosion medica opine si puede seguir trabajando o no en los casos de 60 en adelante que presente salieron aprobadas una persona mayor siempre tiene riesgos cardiacos,vision,etc.
 #639018  por FLORCITA73
 
Opino como Lilita.
Además no hay ninguna garantía que vaya a salir la anticipada.
Ojalá que salga no ? Pero.... seguro no hay nada...