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  • renun. art 1 y art 3 ddjj se pueden aplicar?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #638038  por floppy
 
estoy con algunas dudas ...que piensan?
Jubi
se trata de una señora con fecha de nacimiento 30/06/36.-

estoy haciendo un sicam en donde la persona tienen inscripcion 02/1982 a 11/1995
por moratoria compro de 02/1970 a 02/1980. categoria 307 todo esto lo puse en sicam 1 por ser anterior a 1993.
el tema es que tiene dos meses impagos 1993 09 y 11 /1993, con estos periodos los renuncié, no entrarían por moratoria por eso..
luego como el último pago lo tiene efectuado en noviembre de 1995, tomo esa fecha de cese y aplique art. 3 24476 declaracion jurada siete años.

La pregunta, puedo renunciar y aplicar art. 3 declaracion jurada, pregunto porque la renuncia solo se podría hacer si se reune con los años de servicio y aportes....y el art. 3 dice que esos años se tomaran como de servicio y no como de aportes....entonces ?...si no se puede ...tendría que pagar esa deuda de que forma?....como la liquidaría ...con que formulario.... y la otra sería no aplicar el art. 3 pero la deuda se me va mucho mas arriba y como es pensionada paga de contado sin cuotas la moratoria...Me ayudan?? gracias!!
Floppy
me enrosque y como me surgió la duda
 #638041  por noelin
 
para mi se debe reunir 16 años de aporte y 30 de servicios, en sicam 1 lo q tiene como inscripto, y luego en el 2 la amplicacion, q puede arrancar desde 1955 a 1971 y art.3 todo lo q sobre; no se q pagos tiene habria q ver si son muchos y si vale la pena, ademas supongo q es de contado, asi q hay q ajustarla al maximo
 #638064  por floppy
 
gracias noelin!! ahora te pregunto les pregunto, se puede renunciar años de deuda y ademas aplicar art.3 declaracion jurada??o si uso uno de los beneficios el otro no lo puedo usar??
por el tema de los años de servicio y aportes que refiere el art. 3 ley 24476?
gracias
Floppy
 #638109  por maria21
 
floppy escribió:estoy con algunas dudas ...que piensan?
Jubi
se trata de una señora con fecha de nacimiento 30/06/36.-

estoy haciendo un sicam en donde la persona tienen inscripcion 02/1982 a 11/1995
por moratoria compro de 02/1970 a 02/1980. categoria 307 todo esto lo puse en sicam 1 por ser anterior a 1993.
el tema es que tiene dos meses impagos 1993 09 y 11 /1993, con estos periodos los renuncié, no entrarían por moratoria por eso..
luego como el último pago lo tiene efectuado en noviembre de 1995, tomo esa fecha de cese y aplique art. 3 24476 declaracion jurada siete años.

La pregunta, puedo renunciar y aplicar art. 3 declaracion jurada, TRANQUILAMENTE PORQUE ESTAS COMPLETANDO LOS 30 AÑOS CON MORATORIA. LO QUE SOBRA LO PODES RENUNCIAR... pregunto porque la renuncia solo se podría hacer si se reune con los años de servicio y aportes....y el art. 3 dice que esos años se tomaran como de servicio y no como de aportes....entonces ?...si no se puede ...tendría que pagar esa deuda de que forma?....como la liquidaría ...con que formulario.... y la otra sería no aplicar el art. 3 pero la deuda se me va mucho mas arriba y como es pensionada paga de contado sin cuotas la moratoria...Me ayudan?? gracias!!
Floppy
me enrosque y como me surgió la duda
 #638176  por floppy
 
gracias maria21, es que como es la primera que presentaré despues de tantos cambios y para colmo pagará de contado que la verdad tengo miedo de meter la pata..
gracias de nuevo
Floppy :P
 #638226  por lilita09
 
floppy escribió:gracias maria21, es que como es la primera que presentaré despues de tantos cambios y para colmo pagará de contado que la verdad tengo miedo de meter la pata..
gracias de nuevo
Floppy :P
Floppy estas teniendo en cuenta el art.19,porque veo que esta abuelita tendria unos 74 abrilesss.