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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #632009  por fernann
 
Buenas, queria consultarles una vez que liquido sicam cuantos dias tengo para enviar despues la moratoria?', si liquide sicam en Agosto podria o tocarlo y enviar ahora la moratoria??? pregunto para no perder el retroactivo..alguien sabe???
Gracias
 #632028  por Cristina D.
 
Hola. Te cuento algo: si vos liquidas y no envías no hay ningún retroactivo que puedas perder: el retroactivo empieza a correr desde el día que vos enviaste el plan y no desde la fecha de la liquidación (siempre que pidas turnos antes de los 45 días hábiles).-
Con respecto a reliquidar, si la última vez que hiciste la liquidación fue en agosto el mismo sistema te va a exigir que lo vuelvas a hacer sino no te va a permitir continuar.-
Si quieres generar retro te aconsejo que envíes pronto.-
Saludos.-
 #632093  por FLORCITA73
 
Creo haber visto en la 555 que cambia la fecha de pago, seria desde que se liquidó la deuda y no desde el envío del sicam.
 #632135  por NORMA
 
FLORCITA73 escribió:Creo haber visto en la 555 que cambia la fecha de pago, seria desde que se liquidó la deuda y no desde el envío del sicam.
Yo tb pienso asi,es más siempre me preguntan en el turno fecha de liquidación.