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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #630955  por lucchesi
 
Hola.: Estuve leyendo la nueva resolución 49/10, la cual habla sobre el cese ficto, pero en todos los casos donde el PUC, no tiene cese.
Consulto si los pagos hechos posteriores al cierre hay que volver a pagarlos en SICAM II,
Cese 12/1991, pero tiene pagos Enero a Junio 1992.- Gracias
 #630967  por hugo2
 
lucchesi escribió:Hola.: Estuve leyendo la nueva resolución 49/10, la cual habla sobre el cese ficto, pero en todos los casos donde el PUC, no tiene cese.
Consulto si los pagos hechos posteriores al cierre hay que volver a pagarlos en SICAM II,
Cese 12/1991, pero tiene pagos Enero a Junio 1992.- Gracias
Hasta el 09/1993 podes hacer lo que quieras.
 #630976  por varelamariac
 
hasta el 93 no te dejan hacer lo que quieras en udai donde presenté el tramite .
Si están inscriptos te piden que coincida con la situación de anses.
Podés hacer lo que queres cuando no estás inscripto hasta el 93
 #630993  por hugo2
 
varelamariac escribió:hasta el 93 no te dejan hacer lo que quieras en udai donde presenté el tramite .
Si están inscriptos te piden que coincida con la situación de anses.
Podés hacer lo que queres cuando no estás inscripto hasta el 93
Alguien leyo la 555 ??????????????
 #631073  por mmmm
 
hugo2 escribió:
varelamariac escribió:hasta el 93 no te dejan hacer lo que quieras en udai donde presenté el tramite .
Si están inscriptos te piden que coincida con la situación de anses.
Podés hacer lo que queres cuando no estás inscripto hasta el 93
Alguien leyo la 555 ??????????????
Hay Hugooooo, todos leimos la 555, un poco mas de paciencia, yo la lei muchas veces pero cuando estoy con cada uno de los casos se me presentan mil dudas, y leo todos los post para aclarar el panorama, y para ver si lo que entendi esta bien
 #631080  por hugo2
 
Buenos dias, perdon si pareci grosero, ayer tube turno en udai monte grande y me dijeron la misma cuestion que estamos debatiendo.
El caso se trataba de un inscripto en 1969 con baja en 1980, ( nunca pago nada ), en afip relacione el numero de cuenta, pero hice todo en sicam 1, y no respete la situacion de revista, el iniciador me objeto tal situacion, a lo cual le dije donde surge que tengo que respetar la situacion de revista para periodos anteriores al 09/1993 ???????????????
Luego de algunas consultas con el supervisor aceptaron que claramente en el punto VI ( competencias de organismos intervinientes ) Competencia de anses dice :
a ) Relacionar el numero de cuenta
c ) Verificar que la situacion de revista del titular sea cohincidente con el PUC, a partir del 1 de octubre de 1993.
Para lo cual me aceptaron todo sin otros comentarios.
 #631158  por mmmm
 
hugo2 escribió:Buenos dias, perdon si pareci grosero, ayer tube turno en udai monte grande y me dijeron la misma cuestion que estamos debatiendo.
El caso se trataba de un inscripto en 1969 con baja en 1980, ( nunca pago nada ), en afip relacione el numero de cuenta, pero hice todo en sicam 1, y no respete la situacion de revista, el iniciador me objeto tal situacion, a lo cual le dije donde surge que tengo que respetar la situacion de revista para periodos anteriores al 09/1993 ???????????????
Luego de algunas consultas con el supervisor aceptaron que claramente en el punto VI ( competencias de organismos intervinientes ) Competencia de anses dice :
a ) Relacionar el numero de cuenta
c ) Verificar que la situacion de revista del titular sea cohincidente con el PUC, a partir del 1 de octubre de 1993.
Para lo cual me aceptaron todo sin otros comentarios.
Genial, gracias por el comentario, me sirve para un par de clientes, sobre todo a uno que se le ocurrio inscribirse con actividaD 909 (transportista) pago 8 meses, y ahora me estaba dando de deuda, respetando categorias, me daba de cuota 580$ de cuota, lo unico que me genera dudas de esta es que se metio

Ahh y no pareciste grosero,
 #631159  por mmmm
 
hugo2 escribió:Buenos dias, perdon si pareci grosero, ayer tube turno en udai monte grande y me dijeron la misma cuestion que estamos debatiendo.
El caso se trataba de un inscripto en 1969 con baja en 1980, ( nunca pago nada ), en afip relacione el numero de cuenta, pero hice todo en sicam 1, y no respete la situacion de revista, el iniciador me objeto tal situacion, a lo cual le dije donde surge que tengo que respetar la situacion de revista para periodos anteriores al 09/1993 ???????????????
Luego de algunas consultas con el supervisor aceptaron que claramente en el punto VI ( competencias de organismos intervinientes ) Competencia de anses dice :
a ) Relacionar el numero de cuenta
c ) Verificar que la situacion de revista del titular sea cohincidente con el PUC, a partir del 1 de octubre de 1993.
Para lo cual me aceptaron todo sin otros comentarios.
Genial, gracias por el comentario, me sirve para un par de clientes, sobre todo a uno que se le ocurrio inscribirse con actividaD 909 (transportista) pago 8 meses, y ahora me estaba dando de deuda, respetando categorias, me daba de cuota 580$ de cuota, lo unico que me genera dudas de esta es que se metio

Ahh y no pareciste grosero,
 #631192  por herme
 
Resumiendo quiere decir que, la situacion de revista debe ser=al PUC a la hora de hacer Sicam. Lo pregunto porque datos personales no me coincide con el PUC.
 #631874  por BUFLY
 
No me queda claro el tema de lo que durge del Telex, ya que yo tengo un cliente que le figura fecha de inicio 01/60 sin fecha de cese y solo un año pago, prescribí hasta la fecha de última categoría, pero no hasta el 09/93 que es lo que entiendo debería haber hecho no?
Los años que me faltaban comprar (6 años) los compre del 55 al 59 y luego del 82 que fué la fecha que figura como {ultima categoría.
La duda puntual es: Si no hay fecha de cese, como cargo en el sicam los años qye quiero comprar? Hasta cuanbdo prescribo? tengo que respetar la actividad?
Muychas gracias