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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #629818  por elida
 
Hola:
Les comento que una persona pagó sdm desde el 04/2000 a 04/2005 (total $2.500) en junio y los intereses hace una semana ($4.500), tuvo que pagar nuevamente el periodo 01/2005 porque le cargaron en el pago facil como 01/2006, el tema es que me fijo en los pagos de la afip y me sigue figurando que está impago 01/2005.
¿será que cargaron mal algón codigo? ¿que hago?.
Me sigue firando deuda por intereses por una diferencia de $350. Por favor si alguien me puede orientar.
 #629904  por Rokito
 
Hola.
Te fijaste si cuando ingresas en afip, con la clave fiscal, podes seleccionar el icono de CCMA (cuenta corriente monotributistas y autonomos), en la parte de cuenta corriente, recalculo de deuda a fecha y fijate si ahí podés modificar el pago reasignandolo al mes 01/2005
 #629914  por elida
 
Me aparece una leyenda que dice que no existe situacion de revista informada para esta liquidación. ¿que otra alternativa tengo?.
La verdad que este tema me quita el sueño, no se que hacer
 #629959  por laulau
 
Hola: vos volviste a pagar ese período? y los intereses, como los pagaste? Lo de CCMA olvidate x q eso es para autónomos y monotributistas.
 #629970  por elida
 
Volví a pagar con el form. 575 como dif. de contribuciones porque la deuda era por $23 solamente y los intereses en el mismo formulario.
 #629972  por Rokito
 
Ok, pienso entonces que tendrías que acercarte ante la AFIP que corresponde al domicilio del titular del cuit, y presentar un formulario 206 (multinota) explicando el caso y llevando los comprobantes que afirman esa situación. Lo que no sé es cuanto pueden llegar a tardarse en arreglar dicho error. Saludos
 #630371  por dramamita
 
si pagaste los intereses hace una semana.............y el periodo mal imputado despues...........tal vez falte acreditarse dicho pago. A veces tardan casi una semana!!!!!!!!!!! tomate 3 dias de relaxxxxxxxx y despues entra a ver si se desconto.............de todas maneras no re liquides sicam y con la circular 41/10 adjuntando el ticket de pago no tendrias problemas
 #630419  por elida
 
Les comento que fui a la Afip y ni siquiera ellos saben lo que tengo que hacer. Me dijeron que pague de vuelta la diferencia de los intereses que me figuran y que no vuelva a liquidar y que en todo caso vaya al turno de anses con los tickets de pago. Mi miedo es que en anses no me tomen el tramite, pero bueno, voy a ver que pasa.
Ademas mi pregunta es ¿tengo que llevar los mas de 200 formularios 102 y 575 con sus respectivos tickets?