Hola, espero que alguien pueda ayudarme, yo soy nuevo en la profesion, ademas de ser esta mi primer Rti, me llego dictamen de comision medica periferica, que establece un 48 por ciento de incapacidad a mi cliente, si alguien ha salido favorecido despuess de una apelacion con un 66 por ciento , ademas si alguien tiene un modelo de apelacion ,y si debo fundamentarlo, por favor espero que alguien me oriente, gracias por su tiempo
RECURRE DICTAMEN COMISION MEDICA
Comisión Médica Nº 6:
MIGUEL ANGEL GR titular del Exp. Nº 006/ P/00110/ domiciliado en Juventud e , ante esa Comisión comparezco y digo:
Que en tiempo y forma vengo a apelar el dictamen emitido por esa Comisión Médica con fecha 010/03/20010, el que me fuera notificado el 12/03/2010.-
Que fundo mi recurso en lo previsto por el art.49 de la ley 24241, y en mi absoluta disconformidad con los fundamentos y conclusiones vertidos en el dictamen, por considerarlas inexactas y agraviantes a mi derecho.-
Que en lo que respecta a los aspectos formales, el dictamen es nulo, en cuanto no enuncia cuáles han sido los elementos probatorios tenidos en cuenta para merituar las dolencias de la suscripta, limitando así mi derecho de defensa.-
Asimismo, la Comisión evaluadora no ha efectuado una valoración de las dolencias invocadas y fundadas: 1) Limitación funcional de hombro izquierdo; 2) Artrosis de cadera; 3)Artrosis de ambas manos y ambas rodillas; 4)Enfermedad pulmonar obstructiva crónica. Además ha subvaluado las otras dolencias.-
La Comisión ha omitido evaluar las pruebas ofrecidas y agregadas a efectos de demostrar la incapacidad manifiesta en todas las dolencias referidas, que no fueron consideradas, lo que hace que el dictamen sea nulo.-
. Se ha limitado a valorar sólo algunas de las discapacidades enunciadas sin descartar las pruebas ofrecidas y adjuntadas., subvaluando otras de mayor severidad.-
Que, independientemente de las consideraciones formales es inadmisible considerar que un carnicero de 61 años, expuesto a temperaturas extremas, y trabajando de pie, con las dolencias y limitaciones funcionales de que dan cuenta las pruebas médicas, pueda realizar normalmente sus tareas, con nulas posibilidades de reinsertarse en el mercado laboral; ya que carece de preparación para otras tareas. Cabe aclarar que el suscripto es una persona cuya edad y estado de salud, física y psiquica, y su sola presencia deja entrever a cualquier neófito su exigua salud, haciendo imposible su reinserción laboral.-
Que, en razón de lo expuesto, se solicita a la Comisión Central, revea lo dictaminado por la Comisión preopinante y emita un nuevo dictamen conforme a los hechos probados y al derecho vigente, poniéndome a disposición de los organismos superiores a efectos de que se realice una revisión seria del compareciente, como asimismo valorando todas las pruebas que reafirman la incapacidad y que fueron sistemáticamente ignoradas por la Comisión Nº 6, todo ello con el objeto de arribar a una conclusión cierta acerca de la incapacidad real de la afiliada, que difiere ostensiblemente de la incapacidad asignada por el dictamen que se cuestiona.-
Se deja expresa constancia que el suscripto, por directivas de su médico tratante, Y por carencia de medios económicos y capacidad general no puede trasladarse para ser evaluado a la Capital Federal, por lo que en caso de ser necesario una nueva evaluación, la misma debería realizarse dentro de la Provinc
En definitiva solicito: Me tenga por presentado, por parte y con el domicilio ratificado; por apelado el dictamen de fecha 21/11/2007, solicitando su revisión en instancia superior.-
Bell Ville, Marzo de 2010.-
