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  • PENSION S/INSCRIP.DE AUTON.Y SIN PODER COMPRAR 30 AÑOS

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #625887  por LOKIRON
 
Hola gente linda!...aca estoy con mi planteo...
Tengo una sra. que el marido:
NACIO: 26/11/1946
FALLECIO: 31/05/2000
TIENE ALGUN QUE OTRO APORTE EN RELAC. DEPEND. ENTRE 1974 Y 1993 (en total llega a 1 año y medio)
TIENE 5 MESES EN EL AÑO 1995 Y 1996 (pero en Relacion de dependencia)
NO TENIA INSCRIPCION DE AUTONOMOS.-
Con moratoria no llego a los 30 años...llego solo (y con los aportes que tiene despues del 93) a 29 años y 4 meses...maso..
Entonces mi pregunta es..como es eso de la proporcionalidad que he leido en otros post..??
Es decir, puedo plantear las 2 cosas?...(tanto iniciar insistencia y luego CARSS) por FALTA DE INSCRIPCION y PROPROCIONALIDAD ?...

SE AGRADECE LAS AYUDITAS QUE PUEDIERAN OFRECER.-
 #625998  por dramamita
 
hola fabidoc!!!!!!!!!!!!
una pregunta fuera de lugar jajajajajaja pero como haces para adjuntar ese link??????
(eso delata mi antiguedad en la vida como diria mi grannnnnnnnnnnn y estimada amiga lilita09)

besitos y gracias
 #626698  por fabidoc
 
dramamita escribió:hola fabidoc!!!!!!!!!!!!
una pregunta fuera de lugar jajajajajaja pero como haces para adjuntar ese link??????
(eso delata mi antiguedad en la vida como diria mi grannnnnnnnnnnn y estimada amiga lilita09)

besitos y gracias
Hola, generalmente voy a "buscar tus posts", porque son los que recuerdo por haber participado.
Me posiciono en el título del post y con la derecha del mousse buscás "copiar acceso directo". Vas al post que estás contestando y ahí oprimis pegar.-
 #626701  por fabidoc
 
alejandra01 escribió:FABI...OTRA ALTERNATIVA, SERÍA EL FALLO PINTO?. O TENDRÍA QUE TENER LOS APORTES SIN MORATORIA???
Siempre que se llega a los 30 ya sabemos que la CARSS los está otorgando.
La proporcionalidad de la CARSS son con aportes efectivos(y con menos de 48 años). Y el fallo Pinto estoy estudiando presentar uno, todavía no conozco como resuelve o resolverá la CARSS, que no tiene obligación de "obedecer" los fallos de la Corte. Hay que hacerlo con la posibilidad segura de ir a la Justicia.