Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • pension

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #626331  por walter_cba
 
el caso es de una sra que fallecio el 8/01/01, fecha de nacimiento 25/04/1945, inscripcion monotributo en 11/1998, con un solo pago en ese mes (11/98), baja 06/2004, la situacion de revista seria asi:
* 01/05/1963 ---- 01/05/1993 costurera
* 11/98 ------- 06/2004 art. 1 ley 2531
art. 38 por fuera de sicam (2 años) lo aplico dentro del periodo tomado en la situacion de revista (coturera) o fuera de ese periodo? podria ser: 01/05/1963 ----- 01/05/1965? Gracias
 #626530  por hugo2
 
walter_cba escribió:el caso es de una sra que fallecio el 8/01/01, fecha de nacimiento 25/04/1945, inscripcion monotributo en 11/1998, con un solo pago en ese mes (11/98), baja 06/2004, la situacion de revista seria asi:
* 01/05/1963 ---- 01/05/1993 costurera
* 11/98 ------- 06/2004 art. 1 ley 2531
art. 38 por fuera de sicam (2 años) lo aplico dentro del periodo tomado en la situacion de revista (coturera) o fuera de ese periodo? podria ser: 01/05/1963 ----- 01/05/1965? Gracias
Metelo en el sicam, la baja lo determina el ultimo pago, te podes tomar mas años.
 #626559  por ISIS
 
walter_cba escribió:el caso es de una sra que fallecio el 8/01/01, fecha de nacimiento 25/04/1945, inscripcion monotributo en 11/1998, con un solo pago en ese mes (11/98), baja 06/2004, la situacion de revista seria asi:
* 01/05/1963 ---- 01/05/1993 costurera
* 11/98 ------- 06/2004 art. 1 ley 2531
art. 38 por fuera de sicam (2 años) lo aplico dentro del periodo tomado en la situacion de revista (coturera) o fuera de ese periodo? podria ser: 01/05/1963 ----- 01/05/1965? Gracias
Si fallecio en el 2001 tenes que ir a afip a fin de acreditar el fallecimiento para que te modifiquen la inscripcion ya que si estaba en el mas alla no puede haber estado inscripta activa hasta el 2004 :D :D
Tal como te dice Hugo si a todo lo posterior al 11/98 le aplicas el art.1 d ela 25321, podes tomar mas años de ddjj y podes elegir hasta el 9/93 años mas caros.
De todos modos si elegis los que pusiste, estas tomando mal seria 05/63 a 04/64