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  • PENSIÓN LEY 18038

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #625537  por Mariaola
 
Buenos Días!

Mujer jubilada por moratoria quiere pensionarse. Su esposo falleció en el año 1989 y estuvo inscripto en autónomos (aparece en los registro de la Anses pero no en los de la Afip).
Mi pregunta es: aplicando la ley 18038, debo pagar solo el mes en que falleció más los intereses? (que seguramente denegarán la pensión y se apelará a la Carss) o debo pagar los últimos 13 meses?

Necesito de su experiencia antes de hacer pagar a mi cliente.- Gracias.-
 #625561  por noelin
 
PAGA SOLO MES DEL DECESO CON INTERESES. RESTO, APLICA LEY 14236. HAY CASOS FAVORABLES DE LA CARSS
 #625575  por Mariaola
 
Gracias por tu respuesta. Entonces con ésto entiendo que no queda opción que apelarla?
 #625759  por arandu
 
Primero hace la asociacion del numero de cuenta de Anses con el F 460 en la AFip. Si tuvo pagos, apareceeran ahi. Me pasó que tuve un cliente que e inscribio en el 67 y murio en el 69. Este año vino la viuda, para averiguar si podia pensionare. Ella no sabia nada que su marido era autonomo. Controlé y encontré inscripcion de autonomo en el historico de anses, luego relacione y encontre pago de mas de 12 meses. Me alio redondo. Hoy la viuda esta cobrando