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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #616741  por aleabdala
 
Me ayudarian a revisar este Sicam:
Hombre: 65 años
Fecha Nacimiento: 2/4/1945.
18 años cumplio el 4/1963.

En SIPA tiene en RRDD:
en 1979: 2 meses (enero y febrero)
1984: 4 meses (enero, febrero, marzo y abril)
1986: 1 mes (dciembre) aca le sale alta pero en baja no sale nada
1995: 5 meses ( febrero, marzo, abril, mayo y junio)
Total: 12 meses.

Arme la situacion de revista asi:
Del 5/1963 al 12/1978.
Luego del 3/1979 al 12/1983.
Y desp del 5/1984 al 9/1993.
Codigo 401. Me da 29 años y 11 meses.

Me da una deuda de $22.504,76.
La primera cuota vence el 22/10 y es de $ 375,07.

Esta bien? mi duda es si puedo hacer algo para reducir la deuda un poco? aplicar declaracion jurada, ya que trabajo hasta 1995?.¿hay algo que me este faltando?
Desde ya Gracias a los que puedan ayudarme.
 #616913  por manolo22
 
29 y 11 te da en el SICAM??.

1-Primero le podés aplicar Art. 3 por 7 años.
2-Si tenés 1 año en Relación de Dependencia, tendrías que descontarlo.


Saludos.
 #620579  por arielruiz86
 
Si vas a computar esos 12 meses de relacion de dep tenes que ir con turno, y si lo obvias (ignoras) haces el sicam pasando por arriba los periodos de rel dep y lo haces por la web (JAAP).
 #620601  por zulmalujan
 
yo no le tomaria los aportes que tiene, te falta aplicar art. 3ro. 7 años, ignorando los aportes es mejor para mi ya que la enviaria por web
 #621903  por aleabdala
 
Gracias a todos por la colaboracion.
Entonces: yo puedo ignorar lo trabajado en relacion de dependencia?
En ese caso confeccionaria el SICAM ASI:

Desde el 5/63 al 12/76 (13 años y siete meses)
Aplicaria art. 3 desde el 1/77 al 12/83 (7 años)
Y sigo en sicam del 1/84 al 4/93.- ( 9 años y tres meses)

Mi duda es si esta bien aplicada la declaracion jurada, no se bien en que años ubicarla.
 #624856  por aleabdala
 
Alguien que me ayude? Pensandolo bien me parece que es mejor armar el SICAM como lo hice primero (teniendo en cuenta lo trabajado en RD) y si agregarle art. 3 por 7 años.
¿Los siete años de DJ se pueden ubicar en cualquier fecha hasta el 93? ¿Como lo harian ustedes?