Quisiera orientación, una persona de 47 años con enfermedad de Parkinson, grado 3, enfermedad diagnositicada en Junio de 2008, con certificados de discapacidad del SNR y de la provincia de Buenos Aires, que trabaja en relación de dependencia, aportante regular y 28 años de servicios, puede jubilarse por la ley 20.475. En caso afirmativo que sería una jubilción ordinaria o por invalidez? que porcentaje le correspondería, y sobre que promedio se calcula: de los últimos 60 meses o sobre los últimos 120 meses?
