Hola!! Les cuento lo que me paso.. para variar a lo largo de mi pequeña carrera laboral siempre me suceden cosas nuevas para resolver que me permite aprender.-
Empleador fallecido. Inicie una demanda Laboral contra su unica heredera y continuadora del establecimiento comercial donde trabajaba mi cliente. Trabo una medida cautelar sobre la totalidad del acervo sucesorio. Notifico conjuntamente la demanda y la traba de la medida cautelar. Antés que nada es Provincia.-
Se presenta la demandada y me pide sustitución de la medida cautelar, ofreciendome 2 inmuebles, acompaña 2 informes de dominio de junio de este año... y... en ninguna parte del escrito contesta la demanda. Cosa que me dejo sorprendidisima. (Demanda por 200 mil pesos).- Ayer pido el expediente y en el Tribunal me dijeron que habia pasado ad con una contestación de demanda. ????????
No entiendo nada!!!!!
A ver si alguien mas experimentado me presta una idea por favor!!! jajaj
Yo le notifique ambas cosas juntas en una misma cedula, en consecuencia vencian ambas el mismo dia.
El acto de contestación se agota en un solo momento. La demandada quizás pensó que tenia 10 dias y dentro de ese plazo podia presentar todo en cuotas?? o hay algun art. del CPC que se lo permite?????
Finalmente, y si todavia siguen leyendo.. alguien tiene Jurisprudencia para pedir la extemporaneidad de la contestación de demanda y su desglose????????? No soy mala.. soy abogada!!!
Bs
Empleador fallecido. Inicie una demanda Laboral contra su unica heredera y continuadora del establecimiento comercial donde trabajaba mi cliente. Trabo una medida cautelar sobre la totalidad del acervo sucesorio. Notifico conjuntamente la demanda y la traba de la medida cautelar. Antés que nada es Provincia.-
Se presenta la demandada y me pide sustitución de la medida cautelar, ofreciendome 2 inmuebles, acompaña 2 informes de dominio de junio de este año... y... en ninguna parte del escrito contesta la demanda. Cosa que me dejo sorprendidisima. (Demanda por 200 mil pesos).- Ayer pido el expediente y en el Tribunal me dijeron que habia pasado ad con una contestación de demanda. ????????
No entiendo nada!!!!!
A ver si alguien mas experimentado me presta una idea por favor!!! jajaj
Yo le notifique ambas cosas juntas en una misma cedula, en consecuencia vencian ambas el mismo dia.
El acto de contestación se agota en un solo momento. La demandada quizás pensó que tenia 10 dias y dentro de ese plazo podia presentar todo en cuotas?? o hay algun art. del CPC que se lo permite?????
Finalmente, y si todavia siguen leyendo.. alguien tiene Jurisprudencia para pedir la extemporaneidad de la contestación de demanda y su desglose????????? No soy mala.. soy abogada!!!
Bs
Gisela
