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  • Debate: Extemporaneidad de Contestación????

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #617251  por Gyzella
 
Hola!! Les cuento lo que me paso.. para variar a lo largo de mi pequeña carrera laboral siempre me suceden cosas nuevas para resolver que me permite aprender.-
Empleador fallecido. Inicie una demanda Laboral contra su unica heredera y continuadora del establecimiento comercial donde trabajaba mi cliente. Trabo una medida cautelar sobre la totalidad del acervo sucesorio. Notifico conjuntamente la demanda y la traba de la medida cautelar. Antés que nada es Provincia.-
Se presenta la demandada y me pide sustitución de la medida cautelar, ofreciendome 2 inmuebles, acompaña 2 informes de dominio de junio de este año... y... en ninguna parte del escrito contesta la demanda. Cosa que me dejo sorprendidisima. (Demanda por 200 mil pesos).- Ayer pido el expediente y en el Tribunal me dijeron que habia pasado ad con una contestación de demanda. ????????
No entiendo nada!!!!!
A ver si alguien mas experimentado me presta una idea por favor!!! jajaj
Yo le notifique ambas cosas juntas en una misma cedula, en consecuencia vencian ambas el mismo dia.
El acto de contestación se agota en un solo momento. La demandada quizás pensó que tenia 10 dias y dentro de ese plazo podia presentar todo en cuotas?? o hay algun art. del CPC que se lo permite?????
Finalmente, y si todavia siguen leyendo.. alguien tiene Jurisprudencia para pedir la extemporaneidad de la contestación de demanda y su desglose????????? No soy mala.. soy abogada!!! :wink:
Bs
 #617911  por pepecurdele
 
no el plazo es el plazo, espera que este a despacho, no quiere decir que no le declaren la contestacion extemporanea.
 #618638  por dasapereyra
 
yo esperaria a ver que dice el proveido!!! te estas adelantando a los hechos.... si a ingresado con una contestación de demanda seguro que sale con un"no ha lugar por extemporanea". Tranquilidad ja ja
 #618655  por Gyzella
 
Jajaja!! Si ya se tienen razón pero creo (salvo prueba en contrario..) que como abogados debemos adelantarnos a los hechos, para ya tener una estrategia planeada por las dudas. Seria algo asi como jugar al ejedrez!!!! :lol:
Después les cuento, ahora si me sale traslado por .. dias, veo de que me disfrazo, porque Jurisprudencia aún no he encontrado... bss y gcias totales como siempre!!!!
 #619472  por DAL
 
A ver, vos notificaste en una cedula dos cosas distintas.
Si cada una tiene dos plazos distintos, no se pierden.
Es decir, puede hacer cada cosa a su debido tiempo.
La contestación de demanda es una sola, pero el pedido de sustitución de embargo nada tiene que ver con la contestación de demanda.
Si tiene tres días para pedir la sustitución, desde que le notifican la medida, y 10 días para contestar demanda, el hecho de que vayan en una misma cédula no influye en el modo de contar los plazos procesales.-
 #620687  por sonicobcn
 
Coincido con DAL, vos notificaste dos cosas distintas, y si en plazo legal contesta una y luego la otra entiendo que está bien procesalmente... igualmente si nos informas como termino saliendo todo mejor...
Saludos y suerte..
 #621517  por Gyzella
 
Hola!! Esta semana seguro sale el despacho y les cuento bien que resolvio el Tribunal.-
Lo cierto es que yo en la misma cedula notifique tanto la demanda como la medida cautelar. Vale decir que la fecha de la notificacion es la misma para ambas cosas.
Ahora, yo entiendo que el plazo es comun, pero por lo que uds me dicen me hacen dudar por eso voy a leer un poquito más.-
Estoy litigando en pcia de bs as (MDP).-
De la lectura del 203 CPCYC, dice que el demandado podra pedir la sustitucion.. blabla .. no habla dentro de que plazo, lo que si dice es que se correra traslado a la otra parte x 5 dias.-
 #624082  por Gyzella
 
Bueno continuando con el relato de los hechos... ya salio despachado.
Les transcribo los 2 despachos a ver que opinan:
1) D# SUSTITUCION DE LA CAUTELAR:
Por presentado téngase a la compareciente ………, con el Patrocinio Letrado del …………..y por constituído el domicilio legal. Martes y viernes para notificaciones en Secretaria o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere (Art. 16 de la ley 11.653). Por cumplidas las leyes 8480 y 10268. Agréguese el testimonio y los informes acompañados a fs. .....
Del pedido de sustitución de la medida cautelar dispuesta traslado a la actora con entrega de copias por cinco días a los fines se expida sobre lo allí expuesto. (Art. 203 del CPCC.). Notifíquese (art.137 C.P.C.1º parte).-
2)D # CONTESTACION DE DEMANDA:
Por presentado y parte téngase al compareciente ………….. con el Patrocinio Letrado del …………. y por constituído el domicilio legal. Martes y viernes para notificaciones en Secretaria o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere (Art. 16 de la ley 11.653). Agréguese el pliego de absolución de posiciones.- Resérvese en Secretaría la documentación acompañada, bajo constancia.- Por contestada en término legal la demanda instaurada y de dicho escrito córrase traslado a la parte actora por el plazo de cinco días; quien podrá ampliar su prueba exclusivamente con respecto a los nuevos hechos introducidos por la demandada (Art. 29 de la Ley del fuero).- Notifíquese (Art. 137 1ra. parte C.P.C.C. y 63 de la Ley 11.653).-
Incumplidas las leyes 8480 y 10268....
Intìmase al compareciente para que dentro del plazo de 48 horas, cumpla con la acordada 2972/2000 de la scjba ... y demàs documentaciòn ... blabla...