Estimados, me llego una jubilación de un ex empleado bancario del Bco Prov BsAs.
El mismo de detalla que tiene 18 años 7 meses de servicios del 01/1974 al 07/1992, aportados a la caja.
La ley determina que para acceder a la jubilación ordinaria debe computar 35 años de servicios mínimos.
De manera que lo que se me ocurre es que esta persona compre servicios por los años restantes hasta alcanzar el mínimo de aporte.
Preguntas:
Aplicando el principio de reciprocidad:
1-¿podrá esta persona comprar servicios ante anses (del 1993 a 2010), para después utilizarlos en la caja antes dicha?
2-¿Hay limite para la compra de los servicios?
3-¿ La liquidación se hace por SICAM?
4- ¿Puede incluir pago al contado?
Desde ya muchas gracias-
Pd: si tienen algún libro para sugerirme agradezco.
El mismo de detalla que tiene 18 años 7 meses de servicios del 01/1974 al 07/1992, aportados a la caja.
La ley determina que para acceder a la jubilación ordinaria debe computar 35 años de servicios mínimos.
De manera que lo que se me ocurre es que esta persona compre servicios por los años restantes hasta alcanzar el mínimo de aporte.
Preguntas:
Aplicando el principio de reciprocidad:
1-¿podrá esta persona comprar servicios ante anses (del 1993 a 2010), para después utilizarlos en la caja antes dicha?
2-¿Hay limite para la compra de los servicios?
3-¿ La liquidación se hace por SICAM?
4- ¿Puede incluir pago al contado?
Desde ya muchas gracias-
Pd: si tienen algún libro para sugerirme agradezco.
