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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #615680  por dralucigonza
 
Hola gente. Otra vez necesito recurrir a su experiencia y solidaridad. Me sucede lo siguente. Tengo que iniciar una jubil. con moratoria y resulta que mi cliente cumple hoy los 65 años y tiene en SIJP aportes por 6 años 4 meses en RR DD, el tema es que en la sábana de aportes aparecen inscripciones salteadas entre los años 70 y 74 y de pocos meses cada una, fui ubicando los años en el Sicam y me dan justito hasta el 30/09/1993 porque empecé a comprar desde el 01/10/1963 (siempre intercalando con los aportes que surgen en RR DD). Mi gran duda se dá respecto de esos pocos meses que aparecen en la parte de inscripciones anteriores al ´94 porque se superponen al tiempo que quiero comprar en SICAM, y además luego de consultarle a mi cliente sobre esas empresas me dijo que ya no existen, y me resultaría super complicado probar esos meses. Pregunta ¿ me perjudican esas inscripciones entre el ´70 y el ´74 para armar el SICAM? ¿podré obviarlas y armar el SICAM sin tener problemas luego, es decir una denegatoria?
Desde ya les agradezco mucho.
Saludos a todos.
 #615725  por andrea1982
 
Si son de rrdd de no creo que tengas problema en omitirlos. Son muchos meses? Tu cliente está de acuerdo con que lo omitas? En cuánto le afectaría en la cuota??
Digo, quizás está apurado por jubilarse y no le importa perder esos meses.
Igual, si te aparecen, no creo que tengas problema...
 #615745  por dralucigonza
 
Mirá, no le implica ningún perjuicio, porque considero que es mucho más seguro aplicar Sicam a esos meses que jugarme a probarlos y luego manden a verificar y es probable que no aparezcan. Además llegan a sumar 8 meses en total (3 meses en una, 2 en otra , 3 en otra), por lo tanto le afecta muy poquito en la cuota dado que compro un total de 23 años 8 meses con dd jj por 7 años= 16 años 8 meses para pagar en cuotas.
Muchas gracias por responder ANDREA1982.
Saludos.
 #615749  por andrea1982
 
Si tu cliente está de acuerdo, no me parece que tan poquitos meses le hagan diferencia. Ni siquiera para un eventual reajuste, ni le va a afectar en el haber...
Esa es mi opinión..
 #615909  por manolo22
 
almabal escribió:Lo importante es que no se superponga ningún período trabajado en relación de dependencia con art 3 de 24476. Es motivo de denegatoria
Porque? Si directamente los va a desestimar, reservar el derecho o ni declarar, en todo caso si se los reconocen es lo mismo porque le suman años de aporte.