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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #610817  por SIPOL82
 
Gracias periquita. Voy a invocar la existencia de cosa juzgada hasta marzo de 1995 por ley 22955 ya la ley está derogada. Luego voy a solicitar que se e otorgue el 82% móvil argumentando en el decreto 137/05 y hay varias resoluciones de Anses que asimila a las jubiladas docentes por diferentes leyes.
 #610832  por wilo
 
Insisto en que si se otorgó el dto. 137/05 no puede la justicia negar que a la jubilada le corresponda la aplicación del 82% MOVIL de la 24016. El tema de la casa juzgada es complicado. Habría que ver fecha de sentencia hasta la cual se aplica dicha cosa juzgada. saludos
 #611022  por celiaEsc
 
por wilo el Mar Sep 07, 2010 2:29 pm

Insisto en que si se otorgó el dto. 137/05 no puede la justicia negar que a la jubilada le corresponda la aplicación del 82% MOVIL de la 24016. El tema de la casa juzgada es complicado. Habría que ver fecha de sentencia hasta la cual se aplica dicha cosa juzgada. saludos

WILO: Por experiencia te digo que no a todos los que están cobrando la 137/05, les corresponde el 82%, ya que depende de con qué ley se jubilaron, porque pueden haber tenido aportes docentes y merecer la 137, pero se jubilaron de otra cosa, con otros aportes. saludos ¡¡
 #611254  por periquita
 
celiaEsc escribió:por wilo el Mar Sep 07, 2010 2:29 pm
WILO: Por experiencia te digo que no a todos los que están cobrando la 137/05, les corresponde el 82%, ya que depende de con qué ley se jubilaron, porque pueden haber tenido aportes docentes y merecer la 137, pero se jubilaron de otra cosa, con otros aportes. saludos ¡¡

Hola celia
Entiendo que "si se jubilaron de otra cosa, con otros aportes" no puede cobrar el Decreto 137/05.
Saludos
 #611356  por wilo
 
periquita escribió:
celiaEsc escribió:por wilo el Mar Sep 07, 2010 2:29 pm
WILO: Por experiencia te digo que no a todos los que están cobrando la 137/05, les corresponde el 82%, ya que depende de con qué ley se jubilaron, porque pueden haber tenido aportes docentes y merecer la 137, pero se jubilaron de otra cosa, con otros aportes. saludos ¡¡

Hola celia
Entiendo que "si se jubilaron de otra cosa, con otros aportes" no puede cobrar el Decreto 137/05.
Saludos
El razonamiento de Periquita es el que tenía en claro. Si podés Celia explayate un poco mas, así aprendemos. Gracias y saludos
 #645895  por noemoli
 
el 137 cobran: los q les aplicaron ley docente( docentes puros) o los q cumpliendo c los requisitos para la aplicacion de ley docente (10 años frente a alumnos) no les aplicaron porq al cesar trabajaban en otra cosa, el mismo 137 remite a la 24016 y ahi se contemplan estos casos.
ahora yo tengo una pregunta, tengo una clienta docente jubilada por la 23895 q cobra el 137 y la res 14, pero no entiendo bien, hasta cuando rigio la 23895? porq ella se jubilo en el 92 y se la aplicaron
que me conviene hacer? como encuadro el reajuste?
 #645925  por SIPOL82
 
Hola. La ley 23895 rigió del 90 a diciembre de 1991, ya que en el año 1992 entra en vigencia la ley 24016. Igualmente tené en cuenta el cese condicionado para establecer la ley aplicable
 #646229  por noemoli
 
segun rub datos adicionales la fecha inicial de pago fue el 5-1992, desde dic del 91 rige la 24016, por lo q deberian haberle aplicado esta ley y no la 23895, ademas dice en ley aplicada dec 137, c lo cual es viable reajuste pidiendo la movilidad del 82% como dice la ley no es asi???????????????
 #646298  por periquita
 
noemoli escribió:segun rub datos adicionales la fecha inicial de pago fue el 5-1992, desde dic del 91 rige la 24016, por lo q deberian haberle aplicado esta ley y no la 23895, ademas dice en ley aplicada dec 137, c lo cual es viable reajuste pidiendo la movilidad del 82% como dice la ley no es asi???????????????
Sí, podés pedir la movilidad del 82 %-
Suerte