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  • se puede pedir 524/08 y presentar prueba a la vez?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #606497  por FabianaA
 
Hola,
Podría contestarme una pregunta por algo que no me sucedió hasta ahora?
Caso:
Solicitud de haber jubilatorio encargada permanente sin vivienda (cumplió 60 el 23.01.10)
Es extranjera (Uruguay), aunque en el documento no figura su entrada al país que data desde antes de 1970.
Servicios solamente en un mismo consorcio desde el 02.10.1979 a la fecha (más de 30 años)
Se solicitó certificados art. 80 LCT y solamente le extendieron el certificado de servicios pero no la certificación de servicios y remuneraciones (formulario PS 2 Anses). El consorcio empleador declara en el entregado que trabaja desde 1979 a la fecha. Envié telegrama ley por el que no entregó el empleador y tengo acuse de recibo.
Aparece todo en el Sipa, menos desde 1980 a 1992 (de 1979 salta directamente a 1993, etc)
Presentaré por ese bache todos los recibos de sueldo (de cuyos períodos solamente faltarán 5 como máximo)
Consulta: si todo el resto aparece en el Sijp, es necesario, que por el bache y por no tener el formulario PS2 de Anses (solo el otro certificado del art. 80) también presente el resto de los recibos de sueldo?
Puedo concatenadamente pedir la resolución 524/08 y por los que no figuran presentar los recibos?
Gracias a quien pueda darme una mano!
Saludos a todos mis colegas!
 #606776  por ale_7500
 
Lo que pasa que si leés la 524, la cual está en la biblioteca del portal, vas a ver que es lo más conveniente para tu caso en particular, ya que es una resolución muuuuuuuuuy larga que implica mucho más que "pedir la apliación para que te tomen los del sipa sin presentar pruebas"
 #607826  por FabianaA
 
Muchas gracias por tu respuesta! la leí y la creo de aplicación para los períodos que figuran. Entiendo que para los períodos anteriores al 94 se debe probar el 35% de lo declarado, y debo presentar para esos períodos los recibos.
Saludos!