hola por favor alguien que me ayude, necesito saber segun la LRT en caso de fallecimiento del damnificado, los derechohabientes tienen derecho a una pension, al pago unico de 120.000 y a una renta periodica que hoy tiene como base 80.000.
mi pregunta es como se hace para que la ART me pague ese derecho a pension como lo reclamo?? se paga de por vida a los derechohabientes??
mi pregunta es como se hace para que la ART me pague ese derecho a pension como lo reclamo?? se paga de por vida a los derechohabientes??
