Buenas tardes, tengo una consulta a lo mejor me pueden ayudar.
Es un Sr. nacido el 08/05/1945 (cumplio 65 años el 05/05/2010 y los 18 años 05/05/1963)
El historico de categorias de afip me figura
PERIODOS PRESCRIPTOS
Periodo desde Periodo hasta Actvidad Tipo
Categoria E 03/1978 06/1980 297 Autonomo
Categoria A 07/1980 12/1986 297 Autonomo
Categoria B 01/1987 07/2000 297 Autonomo
PERIODOS NO PRESCRIPTOS
Categoria B 08/2000 06/2004 297 Autonomo
10 Monotributo Previsional 06/2004
Monotributo 07/2004 al 07/2010
El tema es asi este señor tiene 32 años de aportes en total o sea que me sobran años, que articulos utilizo?
Me figura con deuda peridos salteados como el 07/1994 y el 09/1995
y tambien me figuran con deuda desde el 05/2007 al 11/2008, y salteado el 12/2009 que me convendria hacer? mi consulta es que articulo me conviene para prescribir y que articulo para renunciar?
Yo lo resolvi asi no se que les parece:
Situacion de revista:
Período Inicio Período Cese. Código Actividad
03/1978 06/2004 297
07/2004 07/2010 10
Beneficios:
07/1994 07/1994 Prescripción Ley 14236
08/1995 08/1995 Prescripción Ley 14236
04/1996 04/1996 Prescripción Ley 14236
05/2007 11/2008 Art. 1 Ley 25321
12/2009 12/2009 Art. 1 Ley 25321
Consulta: ¿Ulilizo el art. 1 de la ley 24476 para prescribir o utilizo Prescripción Ley 14236?
El 3 es para renunciar pero depende de la fecha de cese correcto? como este señor ceso ahora en 07/2010 no lo puedo utilizar.
Otra duda que se me plantea es que tengo deuda desde el 05/2007 al 11/2008 podria renunciar a estos aplicando el Art. 1 Ley 25321? o me convendria hacer otra cosa?
Muchas gracias
Es un Sr. nacido el 08/05/1945 (cumplio 65 años el 05/05/2010 y los 18 años 05/05/1963)
El historico de categorias de afip me figura
PERIODOS PRESCRIPTOS
Periodo desde Periodo hasta Actvidad Tipo
Categoria E 03/1978 06/1980 297 Autonomo
Categoria A 07/1980 12/1986 297 Autonomo
Categoria B 01/1987 07/2000 297 Autonomo
PERIODOS NO PRESCRIPTOS
Categoria B 08/2000 06/2004 297 Autonomo
10 Monotributo Previsional 06/2004
Monotributo 07/2004 al 07/2010
El tema es asi este señor tiene 32 años de aportes en total o sea que me sobran años, que articulos utilizo?
Me figura con deuda peridos salteados como el 07/1994 y el 09/1995
y tambien me figuran con deuda desde el 05/2007 al 11/2008, y salteado el 12/2009 que me convendria hacer? mi consulta es que articulo me conviene para prescribir y que articulo para renunciar?
Yo lo resolvi asi no se que les parece:
Situacion de revista:
Período Inicio Período Cese. Código Actividad
03/1978 06/2004 297
07/2004 07/2010 10
Beneficios:
07/1994 07/1994 Prescripción Ley 14236
08/1995 08/1995 Prescripción Ley 14236
04/1996 04/1996 Prescripción Ley 14236
05/2007 11/2008 Art. 1 Ley 25321
12/2009 12/2009 Art. 1 Ley 25321
Consulta: ¿Ulilizo el art. 1 de la ley 24476 para prescribir o utilizo Prescripción Ley 14236?
El 3 es para renunciar pero depende de la fecha de cese correcto? como este señor ceso ahora en 07/2010 no lo puedo utilizar.
Otra duda que se me plantea es que tengo deuda desde el 05/2007 al 11/2008 podria renunciar a estos aplicando el Art. 1 Ley 25321? o me convendria hacer otra cosa?
Muchas gracias
