Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Pensión Directa

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #605840  por VictoriaG
 
Estimados, pido disculpas pero voy a insistir con un pedido de ayuda.¡, todavía no me recibí y no vemos previsional , además se trata de una situación familiar.
Se trata de un hombre que falleció el 14/7/2010 y sólo tiene 3 años de aportes. Inscripto como autónomo.
Fecha de Nac: 15/09/1955
Fecha de Fallec: 14/07/2010
Edad: 54 años.
Cumplió 18 años: 15/09/1973
Fecha de cese en SICAM: 02/2007 (período 02/2004 -02/2007 con deuda)
Categoría:703

Concretamente lo que necesitaría es que me aconsejen si vale la pena hacer algo. Ingresé a la situación de revista datos para completar los 30 años y me salió un plan de pagos de $300 hasta 2015 dado que no puedo cambiar la categoría. Luego leí lo de la proporcionalidad de años pero no entiendo si se aplica al caso. En caso de acceder al plan de pagos ¿se pagan todas las cuotas y luego se percibe el beneficio?
Agradezco cualquier palabra que puedan brindarme!
 #605861  por celiaEsc
 
Hola como tiene REGULARIDAD e inscripción en autónomos puede regularizar su deuda. pagar lo que debe.
cuando una persona fallece en actividad no necesita comprar moratoria, aclará qué pagos tiene.
(Si tiene pagados 1 año al menos en los últimos 5 podría comprarse los 15)
Como es muy joven para adquirir los 30 años, te recomendaría comprarle 15 años y no 30,
desde el 10/73 hasta el 09/1993 te alcanzan 20 años no 30 ¿qué hiciste?
Tené en cuenta que la vigencia de la 555, obliga a probar los pagos que posee desde 2004/07 porque deben ser pagos respaldados con verdaderos trabajos realizados.. ¿tenés probatoria? saludos
 #605877  por VictoriaG
 
Gracias por tu respuesta Celia!!! El problema es que el periodo 2004/2007 lo tiene con deuda. Vos decís que con 15 años está? entro en moratoria por 15 años antes del 1993? Lo de la categoría es así, no se puede cambiar ¿cierto?.
Te agradezco infinitamente, espero no estar abusando de tu buena predisposición.
 #605885  por almabal
 
VictoriaG escribió:Gracias por tu respuesta Celia!!! El problema es que el periodo 2004/2007 lo tiene con deuda. Vos decís que con 15 años está? entro en moratoria por 15 años antes del 1993? Lo de la categoría es así, no se puede cambiar ¿cierto?.
Te agradezco infinitamente, espero no estar abusando de tu buena predisposición.
Podés ir por 15 en lugar de 30 años de aportes si, como dice Celia, tenés 12 meses dentro de los últimos 60 abonados correctamente. Leé el dec 460/99 que habla de regularidad.