Para una persona que tiene mueve meses pagos en anses ( con una afilaición muy antigua) y 10 años en IPS, falleció 2001. Caja otorgante debería ser IPS, pero en IPS, para la pensión, le exigen para otorgar beneficio estar en actividad, dejó de trabajar 3 meses antes de morir, entonces en autonomos debería pagarle los dos o tres ultimos meses para que este activo. Pido la reapertura porque la titular ya había hecho el reco y me dicen que para fallecidos no se pueden comprar meses. Yo tenía entendido que no se podía comprar si no estaba afiliado, pero estandolo, podía comprar y de hecho lo hice otras veces. La inicadora me dijo que no puedo comprar estos meses, pero la caja otorgante es Ips,, entonces que para que la otorgante sea anses que me acoja a una moratoria asi tiene mas años en anses. No entiendo no puedeo comprar febrero y marzo de 2001, pero puedo pagar una moratoria para sumar años para que sea la caja otorgantes Anses. Creo que la 555 me ha mareado demasiado. Espero respuesta. Gracias
Hola te han dicho bien: para fallecidos no se pueden comprar meses.
Pero si podés pagar para que la caja otorgante sea ANSES, pero ahora, con la 555, deberías presentar pruebas de al menos haber tenido actividad.
Pero sin entrar en disquisicones sobre la aplicación de la 555.
Es claro que el derecho del causante de regularizar la deuda, se le transmite a la esposa, pero como IPS es la caja otorgante al tener 10 años, deberías comprar períodos no simultáneos con IPS, en AUTONOMOS, para superar esos 10 años de IPS, y que ANSES sea la caja otorgante.
¿te alcanza para comprar los años que te faltarían para llegar a los 30??
para que te reconozcan los años de IPS, debes solicitar un reconocimiento y luego presentarlo en ANSES, y presentar el sicam por los 20 años o el tiempo que te falta para los 30 años.
Tené en cuenta que ahora, te van a soliitar probatoria documental que acredite que trabajó como AUTONOMO ¡¡ Si tuvieras posibilidad de conseguir probatoria , hacelo. Preguntale a la viuda, porque hay comerciantes, sobre todo en épocas del 70, en que no había tanta persecución impositiva, que pueden tener libros, donde consten compras y ventas a proveedores y clientes, habilitación municipal para actuar, o registros para trabajar, y con eso intentalo. ESPERA QUE ALGUIEN TE ACLARE SI CON LA 555 PODES HACERLO TODAVIA, MAS TARDE TOMARE FUERZAS Y LA VOY A RELEER PARA VER SI TE CAMBIO ALGO MAS DE LO QUE YA EXPRESE.. SALUDOS
SUERTE. SALUDOS
