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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #602095  por BEN10
 
Hola a todos es posible jubilar por anses a un retirado de pcia.bs.as.? ingresó 15/4/60 se retiró 1/1/90.
calculándole sicam y pagando al contado.
gRACIAS por adelantado.
 #602171  por wilo
 
Hola. Mirá, yo posteé el mismo tema y me quedan muchas dudas. Particularmente creo que cabe en estos casos el sistema de reciprocidad del dto. 9316. O sea aplicación del principio de beneficio único. Se de gente que las obtuvo a ambas, pero si se aplica la reciprocidad antedicha y se cruzaran datos no se si no les sale alguna caja pidiendo cargo deudor o como se llame.
No encuentro normativa de la caja de policía de provincia que impida tener otro beneficio. Si en la ley 24241 el art. 168.
Yo consultaría en ambas cajas con alguien que sepa. Alguien posteó que obtuvo una sentencia donde se reconoció el derecho a ambas prestaciones utilizando aportes exclusivamente para cada caja. Creo que el caso de referencia es Acha o algo así.
A ver si nos pueden ayudar otros foristas. Saludos
 #603262  por NIKI
 
dafarias escribió:El caso es el CHACA, se puede pagando de contado.
en este caso NO se puede por la ley de reciprocidad y el principio de caja única. La Caja de la policía bonaerense es una de las 3 cajas previsionales provinciales y en consecuencia deben atenerse al decreto 9316.
El caso CHACA es admisible a las cajas de las fuerzas de seguridad nacionales, las cuales no están adheridas al régimen de reciprocidad.
 #603365  por periquita
 
NIKI escribió:
dafarias escribió:El caso es el CHACA, se puede pagando de contado.
en este caso NO se puede por la ley de reciprocidad y el principio de caja única. La Caja de la policía bonaerense es una de las 3 cajas previsionales provinciales y en consecuencia deben atenerse al decreto 9316.
El caso CHACA es admisible a las cajas de las fuerzas de seguridad nacionales, las cuales no están adheridas al régimen de reciprocidad.
Coincido
Saludos
 #603424  por andreamar
 
Coinicido con niki y periquita !! Que haya casos en la practica, no significa que esten bien acorados Puede que incluso no crucen datos, pero a mi entender no corresponderian dos beneficios, sino en todo caso reajustar la jubi si correspondiere
 #603471  por wilo
 
Gracias a todos por respnder. Me parecía que no se puede por la reciprocidad. Aprendí algo mas. Saludos y gracias nuevamente