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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #601203  por molinag
 
hola gente, tengo el siguiente caso que ya consulte con algunas foristas que me dieron una mano, pero no tengo la unanimidad de si aplicar art 3, si compro los 15 mas lo que tiene aportado o no? apelo a la experiencia de los demas, asi ya lo envio como esta.
Situacion:
el fallecido nacio el 26/08/1959, y fallece el 16/11/1998 = a los 39 años.
inscripto segun anses desde 11/1985...ACTIVIDAD 206... Tiene aportes ininterrumpidos por 26 meses, desde 07/1994 hasta 09/1996....
mi idea es hacer el sicam por 15 años, me aconsejaron tomar los 26 meses aparte de los 15.
MI SIT SERIA: Desde 09/1977 hasta 08/1992, y 07/1994 hasta 09/1996
art 3: aca la duda algunos me dijeron no corresponde, y otros tomar la mitad lo que seria 3 años.. desde 09/1989 hasta 08/1992...
salvenme en lo que estiman conveniente , en lo que creen un errory en la viabilidad ,apelo a su experinecia, nunca presente una por 15 años..agradezco a Celia, la turca, que ya me aconsejaron...mil gracias..
 #601211  por hugo2
 
molinag escribió:hola gente, tengo el siguiente caso que ya consulte con algunas foristas que me dieron una mano, pero no tengo la unanimidad de si aplicar art 3, si compro los 15 mas lo que tiene aportado o no? apelo a la experiencia de los demas, asi ya lo envio como esta.
Situacion:
el fallecido nacio el 26/08/1959, y fallece el 16/11/1998 = a los 39 años.
inscripto segun anses desde 11/1985...ACTIVIDAD 206... Tiene aportes ininterrumpidos por 26 meses, desde 07/1994 hasta 09/1996....
mi idea es hacer el sicam por 15 años, me aconsejaron tomar los 26 meses aparte de los 15.
MI SIT SERIA: Desde 09/1977 hasta 08/1992, y 07/1994 hasta 09/1996
art 3: aca la duda algunos me dijeron no corresponde, y otros tomar la mitad lo que seria 3 años.. desde 09/1989 hasta 08/1992...
salvenme en lo que estiman conveniente , en lo que creen un errory en la viabilidad ,apelo a su experinecia, nunca presente una por 15 años..agradezco a Celia, la turca, que ya me aconsejaron...mil gracias..
Que tal fijate la circular GP 52/05 que estan todos los beneficios que podes aplicar en pensiones por fallecimiento.
ALLI CON RESPECTO AL ART 3 DICE :HASTA EL LÍMITE ESTABLECIDO EN EL ART. 38 LEY 24.241 SEGÚN EL CESE PARA COMPLETAR LOS AÑOS DE SERVICIOS NECESARIOS PARA EL LOGRO DE LA PBU O EL 50 % DE DICHO LÍMITE
 #601236  por celso
 
Te cuento hice algo parecido con mi suegra ya estab jubilada, mi suegro tenia unos pocos aportes pero llegaba a 12 en 60 contando estos aportes y los del fondo de desempleo le complete quince con moratoria y aplique el 50% de lo que iba por 38 y salio sin ningun problema ovbio tenia inscripcion previa en autonomos, pago la moratoria de contado yrecibio el retro desde una año antes del envio del sicam espero te sirva.