Un cliente mio saco un microcredito enntregado por la pcia de Salta, a traves del Banco Privado, transcurrido un tiempo se atrasa en el pago del credito, se lo intima para que pague, se presenta junto con el garante y decide sacar la garante un credito por un valor superior al 1er prestamo, con el cual paga el 1ro y utiliza el 2do para fines privado (fines de 2007), o sea fusionan ambos creditos. El modo de pago se realiza a traves de debitos del sueldo, el cual lo realiza automaticamente el banco. Ambos creditos se terminan de pagar a fines del año pasado aproximadamente.
Hace 1 par de dias le llega a mi cliente y su garante una demanda ejecutiva, del 1er credito, el cual fue docuementado por pagare, cuando va al banco a preguntar que paso, le dicen que ellos no tiene que le deban, es mas posteriormente a estos dos creditos saco un nuevo credito y el banco ningun tipo de objeccion hizo. A todo esto el banco nunca entrego nada indicando la cancelacion de la deuda, asi que no tengo nada que indiqe la cancelacion de la deuda, solo los eventuales recibos de sueldos donde figuran los descuentos
La pregunta es: si estos recibos llenaria los requisitos de pago documentado o tambien podria pedir mediante oficio al banco que presente la doc. cancelatoria de la deuda.
graccias
Hace 1 par de dias le llega a mi cliente y su garante una demanda ejecutiva, del 1er credito, el cual fue docuementado por pagare, cuando va al banco a preguntar que paso, le dicen que ellos no tiene que le deban, es mas posteriormente a estos dos creditos saco un nuevo credito y el banco ningun tipo de objeccion hizo. A todo esto el banco nunca entrego nada indicando la cancelacion de la deuda, asi que no tengo nada que indiqe la cancelacion de la deuda, solo los eventuales recibos de sueldos donde figuran los descuentos
La pregunta es: si estos recibos llenaria los requisitos de pago documentado o tambien podria pedir mediante oficio al banco que presente la doc. cancelatoria de la deuda.
graccias
