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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #599504  por abogadaenlarioja
 
Hola estimados foristas, a raiz de la ultima resolucion de afip 1182/2010, yo hable en un post del ocaso de pagar 20 y 23 pesos y los intereses. Ayer estuve en afip y un amigo que trabaja alli me lo confirmo. No se podra pagar mas asi, Anses lo va a denegar, ya que el pago de los 35 pesos debe estar hecho por el dador de trabajo en forma completa. Esto Anses lo detecta a traves del sicam,pues los pagos no realizados de esa manera salen en el sicam con la leyenda de posicion abonada por el trabajador. La unica forma para evitar esto es pagar los 55 y sus respectivos intereses.Espero haber sido util y cualquier experiencia de uds. o comentario es bienvenida.
 #599638  por vivas
 
gracias por tu aporte es muy importante ya que esto es todo un descontrol voy a ver lo de lo 55 +los intereses,de esta forma piden menos requisitos . :D
 #599680  por jarocho
 
abogadaenlarioja escribió:Hola estimados foristas, a raiz de la ultima resolucion de afip 1182/2010, yo hable en un post del ocaso de pagar 20 y 23 pesos y los intereses. Ayer estuve en afip y un amigo que trabaja alli me lo confirmo. No se podra pagar mas asi, Anses lo va a denegar, ya que el pago de los 35 pesos debe estar hecho por el dador de trabajo en forma completa. Esto Anses lo detecta a traves del sicam,pues los pagos no realizados de esa manera salen en el sicam con la leyenda de posicion abonada por el trabajador. La unica forma para evitar esto es pagar los 55 y sus respectivos intereses.Espero haber sido util y cualquier experiencia de uds. o comentario es bienvenida.
Hola abogadaenlarioja
Comparto en gran medida lo que expresas aca, pero el unico punto que no le encuentro sentido es cuando hablas de 55 pesos, podrias aclararlo ? Gracias.
 #599797  por Hermi
 
de la circular 35 y la res 1182 no se interpreta necesariamente que no se puedan realizar los pagos por 20 y 23 (las diferencias de contribuciones voluntarias están regladas, existen y las reconocen) yo creo que apunta a que por un lado habrá que pagar intereses por los 20 del F102 (los $8 + los $12 de contribuciones) y por otro lado los intereses por las diferencias de contribuciones del 575 (osea sobre los $23) de esta forma se estaría pagando intereses totales sobre los $43 y no sobre los $35 que refleja el SICAM....creo!!!
 #599802  por abogadaenlarioja
 
Hola perdon si me exprese mal, al decir 55 me referia al pago completo del formulario 102 por 16 o mas horas de trabajo, este importe estuvo vigente desde 04/2000 a 01/2006, el actual es 81,75. En definitiva se debera pagar por 16 horas, variando el importe segun sea el periodo de trabajo a declarar.
 #599820  por aldana1984
 
Hola:
Ya que están hablando del F102 quisiera saber si el dador de trabajo tiene que firmar tantos F102 como meses inluidos en SDM?
 #599821  por ALEXIS2010
 
Pero entonces un dador de trabajo que contrata a alguien, por menos de 12 horas semanales tiene que aportarle como si trabajar más de 16???? Me parece una locura... dentro de toda la locura...
 #599824  por abogadaenlarioja
 
Hola Hermi yo pense lo mismo que vos que la ley que crea este sistema te habilita a completar la obligacion minima de 35 pesos que exige anses, para ello se crea especificamente el form 575, ahora bien, esto no es mas que algo antijuridico que trae la instruccion 118 2 pues dice "todo trabajador debe tener dador de trabajo", de ahi se van a agarrar para denegar los tramites (sino porque lo van a resaltar con esa leyenda de posicion abonada exclusivamente por el trabajo) argumentando que los 35 pesos no han sido abonados por el empleador en forma completa. Creo que la denegatoria se podra revertir a la larga judicialmente, pero que le decis hasta tanto a tu cliente. Habra que ver que pasa en cada Udai, yo estoy en el interior del pais, y aqui la Anses acata a rajatabla la letra de sus "leyes particulares" antes que la ley general.
 #599826  por Hermi
 
yo lo primero que hice fue entrar al detalle de deuda de una clienta que pagó por ahora el capital con el 102 y el 575, me posé sobre un mes pago tal como muestra el instructivo y no me aparece la leyenda "pago efectuado por el trabajador...o algo asi) Eso me parece que está pensado para el caso de aquellos que por error pagaron $35 con el 575 en su totalidad, que a esta altura no me extraña lo hayan intentado hacer...
 #599865  por abogadaenlarioja
 
mi preocupacion por esa instruccion de la afip se centro al leer el punto F 1.7.- Aquellos períodos cancelados por el trabajador doméstico mediante la presentación del F. 575 (Nuevo Modelo).- ICS 351/896/896, se identificarán en el SICAM con la leyenda “Posición abonada íntegramente
por el trabajador doméstico (no se registra pago de dador de trabajo)”. Se deja constancia que esta información ha sido solicitada por ANSES, a los efectos de otorgar o no el beneficio previsional y para esta Administración es a título informativo. La verdad que en la practica no probe todavia sin sale esa leyenda, no se si aparecera cuando se envie el plan. Cualquier forista se haya liquidado sicam en estas condiciones por favor comente su experiencia :)
 #599934  por colincho
 
Hola, soy de Rosario, ayer ingresé un SDM con formularios 102 y 575 (20 + 23 + INTER) y no me hicieron mención alguna sobre esto que mencionás. Esperemos que no lo pongan en práctica porque de lo contrario se terminó el ciclo jubilatorio medianamente accecible.-
Saludos
Marcelo
 #599975  por sutriz
 
Buenas tarde
Considerando que el trabajador de sdm puede integrar voluntariamente los aportes cuando trabaja menos de 16 hs. y para ello se ha instrumentado el F575,¿ no deberíamos buscar la razón de la "leyenda " , en que como en el 2008 con las modificaciones al sdm, se busque complicar la prueba del carácter de autónomo del que tiene aportado por 16 hs.?
 #600275  por avril2010
 
hola soy tambien de rosario, pagaste los int. todo con 575?? o por separado. garcias, me dijeron que en rosario los toman igual todos los int, con el 575 mientras de sicam en o. beoss