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  • Modelo de DECRETO DE SUBASTA

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 #599675  por SILVESTRE
 
Hola, sos estudiante? bueno como sea no soy de pasar modelos pero aqui va uno:

lugar, 28 de agosto de 2006.- AUTOS Y VISTOS: Agreguese y con citación de los Sres. Jueces embargantes e inhibientes y acreedores hipotecarios, decrétase la venta en pública subasta del bien inmueble cuya momenclatura catastral es: Circ. I, Sección C, Manzana 18, Parcela nro. 3 a" Sub-parcela Polígono Matrícula Nro. Certficado de dominio agregado a fs. 39/40, al mejor postor, con la base de PESOS QUINCE MIL CIENTO SIETE ($15.107), por intermedio del martillero que se desinsacule, para cuyo fin se remitirán las planillas del caso al Organismo de Contralor Departamental.- Una vez designado, dicho profesional deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria en el término de tres días de notificado y procederá a la publicación de edictos por el término de tres días en el Boletín Judicial y diario de (art. 574 ritual) en la forma dispuesta por el art. 575 del código citado, procederá a llenar su cometido exigiendo de quien resulte comprador el 10% del precio como seña, (arts. 38 inc. b, ley 7014), y la constitución -en el acto de la firma del boleto- de domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automoticamente conforme el art. 133, ritual. Comisión 3% a cargo de cada parte. El rematador deberá rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa (art. 579 ritual y 69 ley 10.973). Se deja constancia que el comprador adquirira la propiedad libre de impuestos, tasas y contribuciones a la fecha de la posesión.- Hágase saber que los edictos deberán publicarse con diez días de antelación a la fecha fijada para la realización de la subasta.- Líbrese asimismo, mandamiento de constatación del estado de ocupación del inmueble, debiendo hacer saber el Oficial de Justicia las medidas de no innovar física y/o jurídicamente en el mismo, debiendo los ocupantes hacer saber el carácter en el que ocupan el inmueble, habilitandose días y horas a sus efectos.- Intimase a la ejecutada para que en el término de tres días, acompañe a la causa título de propiedad del bien es cuestión, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 570 del CPC.- Fdo. Juez Civil y Comercial.-