Estimados.
Mi clienta recibe en herencia un 16.3 % de un inmueble al = q sus dos hermanas. El resto del inmueble ( 50% )lo recibe el marido de su hna a traves de una una cesion de derechos con suma de dinero .-
Ella se entera de esta situacion a traves de la declaracion de herederos presentada para incribir en el RPI de la Prov.-
Como duda de la cesion, ya que el papa tenia al momento de la supuesta, 90 años empieza a investigar un poco mas y ve que la escribana actuante a sido destituida del colegio de escribano por reiteradas faltas.
La cesion se produjo en el año 2000 y la declaratoria es de fecha 2007.-
Que opinan que debe hacerse??; iniciar demanda por la nulidad del acto juridico?? / redargucion de falsedad de la escritura Publica?-
Espero consejos!!!
gracias!
Mi clienta recibe en herencia un 16.3 % de un inmueble al = q sus dos hermanas. El resto del inmueble ( 50% )lo recibe el marido de su hna a traves de una una cesion de derechos con suma de dinero .-
Ella se entera de esta situacion a traves de la declaracion de herederos presentada para incribir en el RPI de la Prov.-
Como duda de la cesion, ya que el papa tenia al momento de la supuesta, 90 años empieza a investigar un poco mas y ve que la escribana actuante a sido destituida del colegio de escribano por reiteradas faltas.
La cesion se produjo en el año 2000 y la declaratoria es de fecha 2007.-
Que opinan que debe hacerse??; iniciar demanda por la nulidad del acto juridico?? / redargucion de falsedad de la escritura Publica?-
Espero consejos!!!
gracias!
