Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • audiencia 360... alegatos???

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #598794  por ceciliay
 
Hola buenas para todos... tengo una consultilla para hacer... resulta q en un juicio de reajustes, ley 24241,me notificaron para audiencia art. 360... y me pareció raro, ya que no existe otra prueba que la documental... con qué fines será la audiencia? Es en un juicio que se lleva en Misiones...
Por otra parte quería consultar qué ocurre despues de la audiencia... pasan los autos para sentencia o previamente se ponen los autos para alegar? Disculpen mi ignorancia pero es el primer expte que llevo de reajustes.... y no sé si se lega sobre la prueba ofrecida y producida, que en defenitiva, vulevo a lo mismo, es la documental.
Muchas gracias por la ayuda. ceciliay
 #598871  por noelin
 
HOLA: EN MI JURSIDCCION ANSES NO CONCURRE, COMO LA MAYORIA DE LOS COLEGAS. ES UNA FORMALIDAD Q ANSES EXIGE Y SI NO LA CITAN LO RECLAMA, PERO NO VAN. YO SI VOY EXIJO SE DECLARE DUESTION DE PURO DERECHO Y PASE A RESOLVER. SIEMPRE Q ESTEN LAS PRUEBAS DOCUMENTALES AGREGADAS. EN OTRA SECRETARIA, YA SABEN COMO ACTUAN LAS PARTES Y SI NADIE VA LA DECLARAN DE OFICIO DE PURO DERECHO. SUERTE
 #598887  por ceciliay
 
Muchas gracias Noelin por la respuesta. Y lo de los alegatos alguien sabe si se hacen o directamente se pasan los autos para resolver? Muchas gracias. Saludos. Ceciliay
 #598898  por noelin
 
NO ES OBLIGACION HACER LOS ALEGATOS, FIJATE Q EL ART. DICE "SI LO CREE CONVENIENTE" . PERO CLARO ES LA DEMANDA CON TODAS LAS PRUEBAS A LA VISTA Y REFUTANDO TODO LO Q DICE ANSES Q NO TIENE FUNDAMENTO. COMO PERDER LA OPORTUNIDAD????
 #598939  por ceciliay
 
Claro, mi preguntaba apuntaba a que si en los juicios de reajustes se ponen los autos para alegar, o directamente se llaman los autos para sentencia?
Si se ponen para alegar, voy a hacer el alegato...
Vos tendrías un modelo del escrito de alegato?
Bueno muchas gracias por las respuestas. Saludos.
Ceciliay
 #599006  por andrea1982
 
En Rosario directamente ni se hace la audiencia.
Y tenés 3 días para alegar, si ANSeS alega, pasa a sentencia, si no alega en el plazo, pedís autos para sentencia.
Aunque para todos es el mismo proceso, acá se manejan así, no sé si otros juzgados tienen otras prácticas.