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  • ERROR ANTES DE CALCULAR LIQUIDACION

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #598288  por drasarlo
 
Estimados colegas foristas: mi duda en este momento es la siguiente. estoy en una jubilacion y en el momento de la ampliacion de periodos, me pide realizar el calculo de la liquidacion, pero cuando clickeo, me sale un cartel en letras rojas "error comuniquese en mesa ayuda de afip".¿ es un error del sistema o en verdad tendria que comunicarme con ellos?
en esta jubilacion, en el detalle de deuda me figura deuda en unos meses que estaban cargados en el SICAM originariamente, la sra. no tiene ningun recibo, que puedo hacer para que esos aportes me figuren sin deuda, ya que ella los pago!!!????
por favor el que me pueda ayudar se lo agradezco enormemente
Lore
 #598341  por celiaEsc
 
Hola: es muy raro que si la sra. los pagó, no le figuren en el sistema,, salvo que sean muy pero muy viejos, si no posee ningún recibo, no podrá hacer la validación de pagos, de ningún otro modo que resulte positivo.
Pero, es posible que los pagos anteriores a 07/93, se encuentren imputados a un nº que anses otorgaba, ese numero de cuenta , lo tienes que relacionar con el cuit del sr. en AFIP.
y ahí te van a aparecer los pagos de la cuenta no relacionada oportunamente.
Otra posibilidad es que aunque no posea los recibos de pagos, tenga otra docuenntación que sea suficiente para incorporar en el detalle de pagos, por ej. si el sr. trabajaba para una empresa, y tiene alguna otra documentación.
Por supuesto que otra solución sería aplicarle a esa deuda, si no es significativa, la ley 25321m y renunciar esos períodos. Luego tendrías que revisar: 1) si te alcanza aún con esa renuncia para los 30 años, 2) si esa renuncia, te modifica el cese que te va a servir para determinar el beneficio art. 3 .. Porque acordate que ahora si renuncias períodos que son de deuda de períodos más nuevos, aunque los renuncies, te van a dar el verdadero cese a efectos del art 3. saludos
 #598344  por celiaEsc
 
Y me olvidaba: otra cosa es que puede ser que hubiera aportado con la cédula, si es extranjero, también hay que unificarla con el cuit. saludos
 #598348  por celiaEsc
 
Perdón, pero ¿respetaste las categorías que figuraban en el sistema? ¿está bien consignado el nombre de la persona ?', y la prestación que solicitaste? revisá todos los pasos que hiciste muy bien, y sino, es más fácil comunicarte con la mesa de ayudas.. son muy buenos respondiendo. :roll: saludos
 #598889  por drasarlo
 
Celia, muchas gracias por tu respuesta. Te cuento que revisando "consulta de pagos" los aportes estan cargados, no apareciendo "a verificar".- Tengo pensado preguntar en afip para chequear si puede ser un error del sistema, asi de esa forma me lo corrigen.
Una duda que me acaba de surgir con respecto a tu atenta contestacion, es sobre el beneficio del cese del art. 3; tengo entendido que por medio del "cese ficto", el mismo se lo doy en el momento que quiera, pudiendo renunciar años posteriores a 2008, para acceder a algun año de beneficio. Pregunta: esto cambio? o esta bien de la forma en que lo aprendí?
Muchas gracias, y espero tu respuesta
Lore
 #598899  por celiaEsc
 
Hola: cambió: ahora si renuncias períodos por 25321, son éstos los que te dan el cese verdadero.. saludos ¡¡
 #599150  por sutriz
 
Buenas tardes
Celia, cuando decís que cambió te referís a la 69/06 y no al cese por art. 1 L 25231 (el cese último pago inmediato anterior al período desde donde se renuncia, pudiendo renunciar a los príodos que excedan los necesarios para alcanzar los 30 años de servicios ó que sean simultaneos a otra actividad) ?