Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • FIANZA ENTRE ESPOSOS ES VÁLIDA ?????

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #597849  por rolandorivastaxista
 
Estimados colegas, tengo un contrato en donde (por no haber gastado unos pesitos mas en abogados) el locatario es una mujer y el fiador es su marido......Leyendo libros y el código civil, dice que el contrato entre esposos es inválido generalmente en casos donde hay contraposición de intereses......pero en ningún lado habla del contrato de fianza......alguien sabe si es válida o no la fianza ???, entiendo que en el caso de ser inválida y en atención a que la fianza es un contrato accesorio solamente perdería validez la fianza quedando incólume la relación contractual principal..........
Si saben que artículos del código y/o jurisprudencia se aplica, les agradecería me lo hagan saber..

Muchas Gracias
 #597939  por cfg
 
El contrato de fianza es entre el locador (acreedor) y el el fiador (art. 1986 CC)
 #598268  por JoMarch
 
COINCIDO CON EL POST ANTERIOR.
RESPECTO A LA CONTRATACION ENTRE CONYUGES EL TEMA DA PARA MUCHO. PERO NO ES TAN ASI LO DE LOS INTERESES CONTRAPUESTOS. FIJATE QUE PARA NUESTRA LEGISLACION DE FONDO PUEDEN SER SOCIOS DE SOCIEDADES Y ALLI PUEDE HABER INTERESES CONTRAPUESTOS.
ENTIENDO QUE EL CC SOLO SE REFIERE EXPRESAMENTE AL TEMA EN EL CONTRATO DE COMPRAVENTA Y NO EN LOS OTROS, O ESTOY MAL CON ESO?
 #598380  por BRENDITA
 
en los juicios ordinarios donde yo intervengo siempre que pido embargo ofrezco la fianza dol cónyuge del actor y nunca tuve problemas
 #598478  por rolandorivastaxista
 
Gracias colegas, estuve leyendo bastante del tema y da para discutir, igual no hay norma expresa que lo prohiba por lo que investigue, el tema es saber cuales son los motivos por los que a los conyuges les está prohibido contratar entre sí (ej. compraventa), porque llegado el caso, si el locatario (esposa) no cumple ,y la deuda la tiene qeu afrontar el fiador (esposo), a éste último le qeudaría la posibilidad de demandar el reembolso de las sumas abonadas a su conyuge......
Igual yo por mi parte les recomendé a mis clientes que no acepten mas de ahora en adelante que el contrato se perfeccione con locatario y fiador que sean conyuges.....mas qeu nada por el tema de la solvencia.

Carmen Susana, indicaste que la mayoría de la doctrina lo permite....que libros puntualmente ??
 #598582  por cfg
 
Reitero que las partes del contrato de fianza son el acreedor (locador) y el fiador pues veo que hay un error conceptual del consultante y de algunas respuestas.
En cuanto a las partes que otorgan el acto, insistimos en que el contrato se celebra entre acreedor y fiador. El deudor resulta un tercero en esta relación, aun cuando tenga interés en la celebración. Tanto es así, que no podría oponerse a la elección de determinado fiador por parle del acreedor, verdadera contraparte en la operación jurídica. Ghersi contratos Civiles y Comerciales Tomo I pág. 694, Ed Astrea, Bs. As., 1998.
 #598737  por DAL
 
Tiene razón cfg.
El contrato de fianza en una locación se realiza entre locador y fiador, y es accesorio y no principal, al principal que es el contrato entre locador y locatario. NO hay contrato alguno entre locatario y fiador, ninguna obligación asume el fiador que le pueda ser demandada por el locatario.
Respecto de que dos conyuges sean, uno locatario y otro fiador, tecnicamente es impecable, el problema está que en la practica, una sola billetera, una sola economía, responde por la deuda. Y si hay problemas solo queda la opcion del juicio. Cuanod tenemos dos economías, dos billeteras en el contrato (un locador y un fiados que sean economicamente independientes entre sí) si una tiene problemas la otra tal vez no y pague para evitar el juicio, y luego se ocupe de cobrar como pueda al afianzado.