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  • ADMINISTRACION DE CONSORCIO POR TODOS LOS PROPIETARIOS

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 #597169  por ays
 
Buen dia, les hago una pregunta, tengo un caso en el cual el administrador de un edificio de 12 dptos, renuncio. los propietarios quieren hacerse cargo ellos, no designar a nadie, organizarse simplemente ellos. Preguntas, el administrador que estaba antes como efectivisa su renuncia? en el libro? como queda desvinculado totalmente y sin derecho a reclamar nada?
Es prácticamente posible lo que quieren hacer estos propietarios? Gracias!
 #597282  por DAL
 
Renuncia por asamblea o por nota, se asienta en el libro de actas una asamblea donde renuncia o donde se le acepta la renuncia.
NO se si hay norma que lo prohiba, pero es un caos eso. Nombren tres, una comisión de propietarios, y luego rotenlos. Lo fundamental es tener alguien que pueda convocar a asambleas y que se pueda presentar en juicio por el consorcio.
 #597469  por cfg
 
La ley de propiedad horizontal indica:
Art. 9° - Al constituirse el consorcio de propietarios, deberá acordar y redactar un reglamento de copropiedad y administración por acto de escritura pública que se inscribirá en el Registro de la Propiedad. Dicho reglamento solo podrá modificarse por resolución de los propietarios, mediante una mayoría no menor de dos tercios. Esta modificación deberá también consignarse en escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad.
El reglamento debe proveer obligatoriamente, por lo menos a los siguientes puntos:
a) Designación de un representante de los propietarios, que puede ser uno de ellos o un extraño, que tendrá facultades, para administrar las cosas de aprovechamiento común y proveer a la recaudación y empleo de los fondos necesarios para tal fin. Dicho representante podrá elegir el personal de servicio de la casa y despedirlo;